LA DESAMORTIZACION ESPANOLA DEL SIGLO XIX Francisco SIMON SEGURA En este artículo sobre la desamortización española del siglo XIX, Francisco Simón Segura pretende ofrecer una visión de los estudios más importantes que sobre dicho tema han aparecido en el transcurso de los últimos años. La desamortización tuvo cuatro fases o etapas claramente diferenciadas. La iniciada en el año 1798 y diseñada por el ministro Cayetano Soler. En segundo lugar, las medidas adoptadas en el transcurso del trienio liberal (1820-1823). La tercera fase fue la iniciada bajo el mandato de Juan Alvarez Mendizábal (1790-1853) que afectó a los bienes que habían pertenecido al clero regular y al secular, y estuvo vigente del año 1836 a 1844. La cuarta fase fue la decretada I. INTRODUCCION. FASES DE LA DESAMORTIZACION Y. sabemos que por desamortización se entien- de el conjunto de medidas tomadas por el poder político con objeto de liberar la propiedad acumu- lada en determinadas manos, «las manos muer- tas», y entregarla a una explotación sin más tra- bas y limitaciones que las del derecho común. En el transcurso del siglo XIX, más de la mitad de sus años — alrededor de 68— estuvieron vigen- tes las leyes desamortizadoras y se subastaron cientos de miles de fincas rústicas y urbanas que habían pertenecido a instituciones civiles o ecle- siásticas. Por la importancia que todo ello tuvo y por las consecuencias sociales y políticas que aca- rreó, he sostenido que se puede denominar el si- glo XIX como el siglo de la desamortización, fe- nómeno que ha pasado a constituir uno de los ca- pítulos más importantes de nuestra historia reli- giosa, económica y social. El trasvase de la pro- en virtud de la ley de 1.” de Mayo de 1855, siendo Ministro de Hacienda Pascual Madoz (1805-1870), y que duraría hasta comienzos del siglo actual, excepto una corta interrupción de 1856 a 1858. La que mejor se conoce en el momento actual es la desamortización de Mendizábal, sobre la que han aparecido numerosas investigaciones. La de 1855, a pesar de que fue la más importante, está todavía poco estudiada. Es de esperar que vayan apareciendo aportaciones rigurosas que enriquezcan la visión de este importante proceso del siglo XIX que ha tenido serias implicaciones en la Historia política, económica, social, religiosa, artística e institucional de España. piedad de miles de fincas rústicas y urbanas, la pérdida de gran parte del patrimonio de la Iglesia, la exclaustración de miles de religiosos, el aban- dono de los edificios que fueron conventos, la ven- ta de los bienes que desde hacía siglos pertene- cían a las instituciones civiles y la aparición o con- solidación de una burguesía compradora de todo lo puesto en venta, son elementos que se suman para hacer de la desamortización uno de los gran- des fenómenos del siglo XIX. Bienes raíces que habían pertenecido al Estado, a hospitales, hos- picios, casas de misericordia, de reclusión y de ex- pósitos, cofradías, memorias, obras pías y patro- natos de legos, santuarios, clero regular y secu- lar, órdenes militares, propios y comunes de los pueblos, beneficencia e instrucción pública, ca- yeron ante las constantes e inaplazables necesi- dades de la Hacienda española en «públicas subastas». Así se comenzó el siglo y así se finalizó, «desa- mortizando tierras», porque en el año 1800 esta- ban vigentes las leyes decretadas por Carlos IV dos años antes, en 1798, y al entrar en el siglo XX continuaban las ventas iniciadas en 1855 e inte- rrumpidas solamente de 1856 a 1858. Aunque las leyes desamortizadoras estuvieran vigentes durante tantos años, el ritmo de las ven- tas fue distinto, porque no siempre se ofertaron bienes de idéntica procedencia y a la vez la acti- tud de los compradores variaba considerablemente en función de la seguridad o estabilidad política, condiciones de ventas, coyuntura económica, etc; de ahí que sea necesario, para tener una visión lo más completa posible del fenómeno, analizar las distintas fases o etapas, ya que se puede ha- blar de cuatro. La desamortización eclesiástica de 1798, la del trienio liberal, la de Mendizábal y, por último, la iniciada en el año 1855 (1). II. LA DESAMORTIZACION DE 1798 En el año 1798 se inició la primera de las desa- mortizaciones eclesiásticas — prescindiendo de las enajenaciones de los Austrias— al ponerse en ven- ta bienes raíces pertenecientes a casas de benefi- cencia, hermandades, obras pías y patronatos de legos, imponiendo su precio en la caja de amorti- zación al 3 por ciento. Con las emisiones de los vales reales (2) se ha- bía utilizado una nueva fuente para obtener recur- sos, que no podía repetirse porque no hubieran tenido aceptación (3). Así, se tuvo que abando- nar este curioso ensayo en el que se puede ob- servar un precedente de la tradicional subordina- ción de la política monetaria a la financiación del sector público. No se consideraba político esta- blecer nuevas contribuciones, y se pedían «dona- tivos voluntarios en dinero y alhajas de oro y pla- ta en España y las Indias y préstamos patrióticos sin interés...» indicando que el mismo Rey «do- naba parte de las asignaciones hechas a los bolsi- llos secretos del rey y de la reina». En este am- biente (4) es cuando se decretó la venta de bie- nes de la Iglesia, que no dio grandes resultados, y como quiera que se habían logrado concesio- nes del Papado hasta entonces sin precedentes, Carlos IV gestionó la facultad de poder enajenar más propiedades, beneficio que obtuvo por con- cesión del Papa Pio VII, en el año 1805, por un valor que no excediese de 6.400.000 reales de ren- ta. Para llevar a cabo las enajenaciones se ordenó que una comisión, compuesta por legos y ecle- siásticos, designara los bienes que tenían que ven- derse en pública subasta. Comisiones que después serían acusadas de negligencia o fraude en el ma- nejo de aquellos cuantiosos intereses. En el año 1808 la Junta Central mandó suspen- der las ventas, que alcanzaron un valor aproxima- do de 1.600 millones de reales (5), y parece ser que se habían puesto en venta bienes «cuyo va- lor hubo de calcularse entonces en doscientos mi- llones de duros» (6). Son pocos los investigadores que se han dedi- cado al estudio de la desamortización de dicha época. La investigación más relevante se debe a R. Herr (7), que llega a la conclusión de «que se vendió la sexta parte de los bienes de la iglesia», afectando de forma especial, de acuerdo con la división administrativa anterior a Javier de Burgos, a las provincias andaluzas, —Sevilla, Córdoba, Jaén y Granada—, Salamanca y Madrid. En me- nor proporción, a Burgos, Segovia, Avila, Tole- do y Extremadura. En opinión de Herr, «las ena- jenaciones extensivas en estas regiones, que son las del latifundismo, establecen que la desamorti- zación de Carlos IV fue un acontecimiento capi- tal en la transformación de la España del antiguo régimen a su estado contemporáneo» (8). Resal- ta una consecuencia sobre la que tendría que pro- fundizarse: el acusado coste social que supuso pa- ra enfermos, huérfanos, ancianos, etc. el que se vendiera el patrimonio que proporcionaba ingre- sos para atender las instituciones donde dichas personas encontraban algún cuidado. El estado había prometido pagar puntualmente a las insti- tuciones afectadas el interés del capital aportado por las ventas de su patrimonio, pero ello no fue así desde el mismo comienzo, con el consiguien- te perjuicio para personas que se beneficiaban o dependían de alguna forma de los ingresos de di- chas instituciones (9). Posteriormente R. Herr ha investigado con más detenimiento el desarrollo de dicho proceso de- samortizador en la provincia de Salamanca (10), y llega a la conclusión de que el trasvase habido en el transcurso de las ventas acentuó la estruc- tura existente de la propiedad en el sentido de que, sobre todo, adquirieron bienes los ya propietarios. Donde antes había un alto grado de concentra- ción, un reducido número de compradores pudien- tes se hicieron con las tierras, y donde la propie- E ESA 1 Dai RNA A a IDEAS DESAMORTIZADORAS DE JOVELLANOS Los ilustrados españoles expusieron repetidas veces los inconvenientes que veían en la vincula- ción de las propiedades civiles y eclesiásticas. Gas- par Melchor de Jovellanos (1744-1811), en su Ín- forme sobre la ley agraría, argumentó con claridad los perjuicios que para el progreso económico del país se derivaban de la acumulación de tierras ina- lienables en manos del clero regular, del clero se- cular y de los mayorazgos. Llegó a proponer me- didas para que se limitara el aumento de los patri- monios amortizados y para que se estimulara a los prelados a que promoviesen por sí mismos la ena- jenación de las propiedades eclesiásticas vincula- das. Pero, según ha puesto de relieve el profesor Gonzalo Anes, el pensamiento de Jovellanos pro- bablemente era más radical en este punto, y si no llegó a plantear soluciones específicas desamorti- zadoras ello fue debido a la conciencia que tenía, en ese momento, de sus escasas posibilidades de éxito. Lo revelan las frases de Jovellanos en una carta de 1794, dirigida a Don José Guevara Vas- concelos: «Pudiera ciertamente haber dicho más en cuanto a amortizaciones, mayorazgos, contri- buciones, etc., pero V. M., que conoce cuanto hay que vencer para llegar en estos puntos a conse- guir algo, hallará tal vez que he puesto el tiro muy adelante. No basta ver a donde se ha de llegar: es preciso no perder de vista el punto de que se parte.» «ao dad estaba muy dividida, la desamortización dis- tribuyó tierra a muchas personas. Esperaremos que R. Herr nos ofrezca pronto la investigación iniciada de la provincia de Jaen, que también se vio muy afectada por las ventas de la desamortización de 1798, y así tendremos una vi- sión más rica de esta relevante fase tan poco co- nocida hasta hace unos pocos años (11). 11!. DE 1808 A 1823 Como las necesidades de la Hacienda continua- ban siendo apremiantes y la masa de bienes per- tenecientes a las instituciones eclesiásticas eran enormes, en el transcurso de los decenios siguien- tes las medidas para hacerse con ellos serían nu- merosas, aunque con los altibajos propios de la evolución política y las dificultades que entraña po- ner en marcha procesos de gran envergadura. Por ello, las medidas adoptadas a partir de 1809 has- ta 1836 estarán bajo el juego de acción-reacción, dentro de un marco de auténtica necesidad para salvar la situación de la Hacienda. Napoleón, desde su cuartel general de Chamar- tín, mandó reducir el número de conventos a una tercera parte de los existentes, y al año siguiente su hermano José suprimió todas las órdenes reli- giosas, ocupó todos los bienes que poseían en to- do el territorio en el que tenía autoridad, apode- rándose de muchas riquezas y tesoros de las igle- sias y conventos, y mandó aplicar todos sus bie- nes a la extinción de la Deuda Pública, creando cédulas llamadas «hipotecarias» y de «indemniza- ción y recompensa». Estas medidas, de gran apa- rato por su pretensión, chocaron abiertamente con el común sentir del pueblo, no sólo por afectarle en su forma de ser y de vivir tradicional, sino por un sentimiento de desconfianza respecto al valor y duración de las adquisiciones. Las ventas habidas en la España de José Bo- naparte han sido estudiadas por Mercader Riba (12). Parece que muchos lotes se adjudicaron sin licitación y que se trató lógicamente de beneficiar a partidarios del nuevo monarca. Más conocidas y juiciosas fueron las primeras medidas adopta- das por la Junta Central, que dispuso en 1808 que se aplicaran a las urgencias del Estado los produc- tos no destinados a beneficencia, instrucción u otro objeto de utilidad pública. Y al año siguien- te las Cortes determinaron destinar para el mis- mo fin las rentas de los beneficios eclesiásticos vacantes. A partir del año 1813, nuevas medidas continua- ron la política iniciada, prohibiéndose a las insti- tuciones religiosas que edificaran nuevamente los conventos destruidos, suprimiéndose los que no alcanzaban un número de 12 religiosos profesos, a menos que no hubiera otro en los respectivos pueblos, y ordenándose que no hubiera en cada pueblo más de una comunidad de la misma or- den o instituto. Posteriormente se declararon hi- poteca de la Deuda Nacional las temporalidades de los jesuitas, las de la Orden Militar de San Juan, las fincas de los maestrazgos vacantes del resto de las órdenes militares y el sobrante de la renta de los conventos, después de cubiertos los gas- tos del culto y la congrua sustentación de los regulares. El restablecimiento del absolutismo en 1814 anu- ló todas las medidas anteriores y Fernando VII or- denó que se devolviesen a los conventos sus bie- nes, e incluso mandó establecer en cada capital de Audiencia una junta de ministros que se en- cargasen de la devolución de los bienes vendidos durante el Gobierno de José l, imponiendo a los que los hubiesen adquirido la sanción de abonar el producto de lo que los bienes hubieran produci- do durante el tiempo que estuvieron en su poder, la pérdida de toda mejora que hubieran realizado y el quedar inhabilitados temporalmente para de- sempeñar cargos públicos. Con el apoyo incon- dicional del monarca, las órdenes y corporaciones eclesiásticas volvieron a poseer casi la totalidad de los bienes que les habían sido confiscados, ade- más de lograr nuevas donaciones (13). Restablecido el gobierno constitucional en 1820, muy pronto promulgó de nuevo el Decreto de Sep- tiembre de 1813. Se suprimió la Compañía de Je- sús y se mandó aplicar sus bienes al crédito pú- blico y también se suprimieron — 1 de octubre de 1820— los monasterios de órdenes monacales, los canónigos regulares, los conventos de las órde- nes militares, las de San Juan de Dios y los de- blemitas y todos los hospitalarios. Se prohibió fun- dar nuevas órdenes, la admisión de nuevos novi- cios y la profesión de los existentes. Y se aplica- ron al crédito público las rentas sobrantes de los conventos que quedaban y los bienes de los su- primidos. Por otro decreto del 9 de Noviembre se amplió la expropiación a otros numerosos bienes, destinándose todos a la amortización de la Deu- da Pública. En 1821 se decretó la reducción de los diezmos a su mitad y se impuso al clero una contribución de 120 millones de reales. A estas medidas hay que añadir el contenido de otros decretos que fa- cilitaban la compra de los bienes a los menos fa- vorecidos económicamente o suprimian conven- tos que careciesen del número de religiosos necesarios. Con todas las medidas adoptadas, se despojó a la Iglesia de gran cantidad de bienes que salie- ron al mercado «que no pudieron venderse sino a vil precio, con menoscabo de la propiedad par- ticular» (14). Por otro lado, miles de religiosos que- daron fuera de los conventos, pasando grandes apuros económicos porque no se les pagaron pun- tualmente las pensiones prometidas. Estamos ante un momento en que existe una decidida voluntad política de remover la situación de la Iglesia, aunque los acontecimientos poste- riores vinieron a demostrar que las «reformas de las Cortes del trienio quedaron a medio camino entre las timideces de las Cortes de Cádiz y las me- didas radicales disolventes de los ministros pro- gresistas de María Cristina de Borbón» (15). Se dispuso de muy poco tiempo, porque el restable- cimiento de la venta de bienes de 1813 se decretó el 9 de agosto de 1820 y en junio de 1823 se vol- vía a los institutos religiosos al «ser y estado que tenían en 1820», con todos sus bienes (16). Pare- ce que tenía que existir un formidable aparato ad- ministrativo para poder proceder con tanta urgen- cia sobre una institución de un peso singular y as- cendencia notable sobre la propia sociedad. La verdad es que durante el trienio hubo dos perío- dos de Cortes y en el primero de ellos se adopta- ron la mayor parte de las medidas enumeradas. Tanto es así que en diciembre del año 1820 ha- bían quedado desalojados e incautados 324 con- ventos suprimidos. Y a principios de 1822 se ha- bían abandonado 801 conventos, casi la mitad de los existentes (17). ¿Qué cantidad de bienes se vendieron y dón- de? La desamortización se reguló básicamente en el mes de agosto de 1820, decretando la venta en pública subasta de los bienes asignados a tal fin. No existe, que yo sepa, estudio de conjunto so- bre dicho proceso, en el que se analice lo que se puso en venta y lo efectivamente rematado. Van apareciendo estudios regionales o locales que des- cubren el extraordinario interés que tiene el desa- rrollo de los acontecimientos durante estos meses. Mutiloa Poza (18) describe muy bien el rápido proceso que se sigue para poner en venta los bie- nes de la Iglesia durante esta fase. Las Cortes or- denaron ocupar en una misma hora todos los mo- nasterios que existían en la capital, exigiendo de los prelados y procuradores los libros de cuentas y cerrando y sellando los archivos, sin perjuicio del secuestro que después, y sin demora, había de hacerse de todos los bienes raices (19). Todas las comunidades tuvieron que redactar detallados inventarios que contenían: a) los títu- los de propiedad existentes en el archivo del con- vento, y se incluían, cuando existían, los docu- mentos relativos a su fundación, capellanías o me- morias; b) los bienes muebles; c) detalle de las fin- cas rústicas o urbanas que poseían; d) los cuadros, esculturas y libros y e) mobiliario y ropas de las iglesias o capillas, o sea los objetos dedicados al culto (20). Inventarios que se realizaron con ex- traordinario detalle y que, por ejemplo, en Nava- rra, todos estaban elaborados en el mes de agos- to de 1821 (21). En Navarra, el delegado de Ha- cienda delegaría en un subdelegado para cada uno de los monasterios, que, en presencia del abad o superior y del delegado de comisionado del Cré- dito Público de la provincia, ponía en práctica las órdenes recibidas. De la forma implacable con que se llevaba a cabo la aplicación de las disposicio- nes legales, nos damos cuenta cuando, por ejem- plo, el Ayuntamiento de Toledo, constitucional sin duda, avaló una exposición al gobierno solicitan- do que dejara sin efecto la supresión del Conven- to de Santa Leocadia, de los capuchinos, argu- mentando que eran útiles y necesarios para la pa- rroquia de San Miguel y demás limítrofes, petición denegada por una tajante R.O. de 18 de febrero de 1822, disponiéndose que los frailes se trasla- daran enseguida a Navalmoral de Pusa y a Calza- da de Calatrava. De nuevo lo solicitaron los pro- pios capuchinos, a los que se contestó mediante una nueva R.O. del 25 de febrero, autorizando al Jefe Político para que pudiera conceder a los reli- giosos que por enfermedad, dolencias o edad avanzada no estuvieran en disposición de poner- se en camino, el tiempo necesario para que pu- dieran hacerlo, pero los restantes deberían incor- porarse al convento a que habían sido agrega- dos (22). La forma en que se realizaron los desa- lojos sería mucho más violenta en 1835 y 1836, pero en el trienio liberal se habían sentado firmes antecedentes. La desamortización decretada y puesta en mar- cha durante estos años del trienio liberal creo que, sobre todo, tiene importancia dentro de la Histo- ria de la Iglesia en la vertiente de la evolución e incidencia en el número de religiosos y en la pér- dida de patrimonio artístico, más que en las con- secuencias económicas que acarreó la venta de fincas y bienes de las extinguidas comunidades. «En 1820 había 33.546 religiosos y de ellos se se- cularizaron en sólo dos años 7.244, más 867 monjas» (23). Para Cataluña, Cayetano Barraquer estudió meticulosamente los avatares por los que pasaron las comunidades de religiosos y sus bie- nes durante estos años, que corrieron suerte muy distinta (24). Una buena exposición de la situación del clero durante el trienio liberal en Cataluña, aun- que no analiza básicamente la desamortización, se contiene en el libro de Gaspar Feliu (25). Teodoro Martín ha estudiado las ventas de es- te período en una región de Cáceres: La Vera (26). J. Brines, ha investigado esta época en Valencia (27) y observa cómo los compradores fueron so- bre todo los burgueses, y no pudieron beneficiar- se de las ventas los arrendatarios que venían ex- plotando las tierras. Contiene muchos datos, y de gran interés, la obra de Moral Ruiz (28) sobre el trienio constitu- cional. Más de la mitad de los conventos y mo- nasterios quedaron suprimidos y sus bienes pa- saban al Crédito Público para que se procediera a su tasación y venta (29), y, aunque todo ello no se ejecutara por falta de tiempo, abre decidida- mente la puerta a los acontecimientos que se pre- cipitarían a partir de la muerte de Fernando VII. Moral Ruiz afirma que «esta pequeña desamorti- zación de 1820-1823 alcanzó particular éxito en las ciudades» (30). Sostiene que estas ventas bene- ficiaron a la burguesía urbana y también habla de labradores acomodados que, al haber abastecido a las tropas en la guerra de 1808-1814, poseían va- les o créditos contra el Estado, que les servían para efectuar los pagos (31). Y desde luego la misma Junta Nacional del Crédito Público reconocía en una. Memoria la relación entre el alto precio y es- timación con que se venden las fincas en Madrid y Barcelona y que gran parte de este papel ha sido negociado por sus tenedores a precios tan bajos que pueden levantar las pujas sin perjudicarse (32). Gracias a la depreciación de los títulos de la Deu- da, parece que podían realizarse muy buenas in- versiones a corto plazo porque, por otro lado, los nuevos propietarios podían elevar la renta de la tierra. Moral Ruiz ha confeccionado un interesante cuadro (33) sobre subastas de los años 1821 y 1822 en el que reseña 617 fincas rústicas y urbanas per- tenecientes a 36 provincias. Las más importantes fueron Cádiz, Madrid, Toledo, Valladolid, Barce- lona, Sevilla, Cáceres y Badajoz. El valor en pri- meras tasaciones de estos bienes alcanzó la cifra de 76.041.115 reales, mientras el remate llegó a la cantidad de 134.364.418 reales. El autor tam- bién queda «a la espera de estudios en pormenor por provincias» (34), y poco después añade «Lo que si se puede decir es que estas ventas, devuel- tas a sus primitivos poseedores tras la reacción ab- solutista de 1824, debieron originar resistencias al absolutismo por parte de sus compradores y, fi- nalmente, en 1836, fueron reconocidos como due- ños legítimos aquellos que compraron durante el trienio constitucional» (35). Todos los textos y es- critos coinciden en señalar que la mayor parte de las fincas las adquirieron gente acomodada o rica y que no se beneficiaron de las ventas los campesinos. La Regencia establecida en Madrid en 1823 ya restableció el medio diezmo, y el 11 de junio man- dó reponer los institutos religiosos al ser y estado que tenían en 1820, declarando nulos todos los actos del gobierno constitucional adoptados con- tra los regulares. Se mandó restituir todos los bie- nes vendidos por el Estado, sin indemnización alguna (36) a los compradores, con lo cual se rea- lizó un despojo tan injusto como el realizado an- teriormente por parte del gobierno constitucional apoderándose de los bienes eclesiásticos, al mis- mo tiempo que «así quedó sentado un preceden- te funesto, origen de otras posteriores y no me- nos violentas expoliaciones» (37). intentos de desamortización civil Al margen de la desamortización eclesiástica, también se intentó la civil, que se centraba sobre todo en la enorme masa de bienes de propios que poseían los pueblos y que el Estado fue gravando progresivamente (38). Para ceñirnos al siglo XIX, reseñaremos que en las Cortes de 1811 se nom- bró una comisión de agricultura que presentó un informe el 22 de febrero de 1812, inclinándose en contra de la posesión colectiva, tal como enton- ces se venía disfrutando, y proponía, entre otras medidas, que se enajenaran una gran parte de los bienes de propios, teniendo en cuenta las pecu- liaridades de cada provincia. De acuerdo con el dictamen emitido, las Cortes acordaron el Decre- to de 4 de febrero de 1813, según el cual se te- nían que reducir a propiedad particular, con la con- dición de que nunca pasaran a las manos muer- tas, los terrenos baldíos, realengos y propios. La ejecución de dicha disposición correspondía a las Diputaciones provinciales, que tenían que propo- ner en cada caso los terrenos que los pueblos ha- bían de conservar y de qué manera se podría lle- var a cabo la venta y en cuánto tiempo. La mitad de los bienes que se propusieron para la enajenación tenía que venderse con cargo a la deuda pública y la otra mitad tenía que repartirse entre los soldados y oficiales, retirados o inútiles, de la guerra de la Independencia, y entre los veci- nos de los pueblos que careciesen de tierras pro- pias. Un análisis superficial de la Ley propuesta lleva a considerarla utópica si se quería llevar a ca- bo con relativa rapidez. Ni se hallaban señalados los deslindes ni se estaba en disposición de movi- lizar con rapidez a todo el personal conveniente para realizar de una manera eficaz dicha tarea. Por otro lado, la opinión y postura de los pueblos era contraria a la Ley dispuesta y estaban en condi- ciones de enfrentarse de una manera pasiva a su ejecución. Además, se hubiesen encontrado con la dificultad de que, una vez entregadas las tie- rras a los nuevos propietarios, vecinos pobres de los pueblos, no hubiesen sabido que hacer con ellas, porque no disponían de capital, como ocu- rrió en el intento efectuado el año 1766, elemen- to imprescindible para poder comenzar la explo- tación con posibilidades efectivas. De todas ma- neras, en 1814, antes de que comenzaran a po- nerse en práctica las disposiciones adoptadas el año anterior, fueron anuladas. Al entrar de nuevo en vigor la Constitución de 1812, en el año 1820, se restableció el aludido De- creto de 1813 en los mismo términos, a pesar de que algunos diputados pidieran su revisión tem- poral por razones varias (darle más eficacia, co- y bip et1 Caos ¿9 cto 3 Miro dol. > LA DESAMORTIZACION EN LAS CORTES DE CADIZ José Canga Argúelles presentó a las Cortes de Cádiz, en 1811, una Memoria en la que se diseña- ba un plan concerniente a la satisfacción de las obligaciones derivadas de la deuda del Estado, ba- sado en la venta en pública subasta de las fincas rústicas y urbanas propiedad de las cuatro órde- nes militares, los baldíos no necesarios a los pue- blos para la manutención de sus ganados, y las fincas pertenecientes a conventos destruidos por la guerra. También se preveía en este plan la ena- jenación de algunas fincas de Godoy y de los afran- cesados. La Memoria de Canga Argúelles, como ha señalado el historiador Francisco Tomás y Va- liente, sirvió de base al descreto de 13 de septiem- bre de 1813, que es la primera norma desamorti- zadora del siglo XIX en España, al margen de los preceptos orientados al mismo fin que dictó, en esa época, el gobierno bonapartista. nocimiento de la parte que se tendría que destinar al pago de la deuda..., etc.). Sin embargo, dicha Ley de 1820 introducía una novedad en lo tocante a la atribución concedida a las Diputaciones pro- vinciales en 1813, al determinar que el reparto lo efectuaran los mismos pueblos. De nuevo, al inten- tar poner en práctica la Ley, surgieron tal cúmulo de inconvenientes que en 1822 se nombró una co- misión que procediera a su estudio y posible solu- ción. La ley de 29 de julio de 1822, fruto de las re- comendaciones presentadas por la comisión, am- plió la cabida de las suertes que se iban a repartir (anteriormente la extensión pretendía ser suticien- te para sostener a una persona y la nueva ordena- ción tomaba como unidad básica el mantenimien- to de cinco), al mismo tiempo que abría la posibili- dad de que se donara tierra a toda persona cuyas posesiones no igualaran en valor a una de las suer- tes repartibles. Pero, abolido nuevamente el régi- men constitucional por Fernando VII, y cuando to- davía no se habían empezado a vender y repartir tierras, quedó suspendida la Ley de 29 de junio de 1822. Así entramos en otro período en el que se dejó que los pueblos disfrutaran tranquilamente de sus bienes, aunque sometidos a los impuestos que ve- nían gravándoles. Esta fue la situación en que que- daron durante la década ominosa, de 1823 a 1833, año en que murió Fernando VIl y comenzó la gue- rra carlista (39). Ninguna de las desamortizaciones se ha estu- diado tanto como la tercera de las fases, conoci- da comúnmente con el nombre de la desamorti- zación eclesiástica o desamortización de Mendi- zábal (1836-1844). Incluso en muchas ocasiones se ha confundido de hecho la desamortización eclesiástica con todo el proceso desamortizador del siglo XIX, y es una pena que a estas alturas del siglo XX todavía varios manuales de Historia General y de Historia Económica, que se utilizan para la formación de las distintas promociones uni- versitarias, ni siquiera recojan con acierto la evo- lución legislativa de las principales fases del pro- ceso desamortizador del siglo XIX. Apenas muerto el rey Fernando VII en 1833, co- menzaron a decretarse una serie de disposiciones que culminarían, en 1836, con la venta en pública subasta de los bienes del clero regular, y después, del secular. Contribuyó de modo particular a este proceso la terrible guerra carlista, que comenzó el mismo año en que murió el rey (40) y no finali- zó hasta el año 1839, acabando con gran parte de los recursos nacionales y dejando extraordinaria- mente agotada a la nación. También fue factor de importancia la enérgica actitud adoptada por el Papa Gregorio XVI frente al reconocimiento de la nueva situación del Estado español, que llevó a éste a actuar con independencia del Papado. En el transcurso de la primera guerra carlista, muchos elementos del clero, desde el principio, tomaron partido de una manera clara y abierta en pro de los rebeldes (41), fenómeno que dio lugar a repetidas y severas medidas por parte del go- bierno. Ya en el mes de marzo de 1834 (42) se decretó la «suspensión de monasterios y conventos de que se hubiese fugado para pasarse a los rebeldes al- guno de sus individuos si dentro de veinticuatro horas no diese parte el prelado a la autoridad in- mediata o si se hubiese fugado la sexta parte de la comunidad». No conocemos el número de mo- nasterios o conventos que quedaron afectados por esta medida, aunque de hecho entrarían algunos. Lo confirma una disposición del mes de abril del mismo año sobre «traslación de religiosos de con- ventos suprimidos» (43). Poco después (44) se constituyó en cada provincia una comisión encar- gada de recaudar las temporalidades ocupadas a los eclesiásticos por motivo de infidelidad. Otra disposición, aunque un poco posterior, del mes de julio (45), tenía por objeto obligar a las cor- poraciones del clero secular y regular a que «an- tes de proceder a la enajenación de los bienes de inmuebles, alhajas o muebles preciosos de su res- pectiva pertenencia acudan a Su Majestad en so- licitud de licencia...» Aunque esta disposición, co- mo indicaba el preámbulo, era para facilitar la ta- rea de una Junta eclesiástica (que se había cons- tituido en el mes de abril con objeto de elaborar un plan de mejoras), probablemente tendría por finalidad poner limite a las ventas que efectuaban algunas comunidades, ya que, debido al cariz que tomaba la evolución política, parece normal que muchas comunidades vendieran o intentaran ven- der bienes de distinta clase. Con el advenimiento, en junio de 1835, del Mi- nisterio del Conde de Toreno, antiguo ministro de Hacienda con Martínez de la Rosa, las medidas contra la Iglesia y sus bienes se acentuaron nota- blemente durante su corto mandato. En unos po- cos días, probablemente con el ánimo de apaci- guar a los elementos hostiles a su política, supri- mió la Compañía de Jesús (46), restableciéndose con toda su fuerza y vigor la Pragmática Sanción del 2 de abril de 1767, destinando sus bienes y ren- tas a la extinción de la Deuda Pública y al pago de sus réditos. Asimismo, de acuerdo con lo pro- puesto por la Real Junta Eclesiástica (47), se su- primieron los monasterios y conventos que no tu- vieran doce religiosos, con sólo algunas excepcio- nes lescolapios y misioneros para las provincias de Asia). En el preámbulo del Decreto se señala- ba que en España existían entonces más de 900 conventos, que «por el corto número de sus indi- viduos no pueden mantener la disciplina religiosa ni ser útiles a la Iglesia». Por último, a primeros de septiembre (48), se dispuso que las ventas de los bienes efectuadas desde el mes de octubre de 1820 hasta finales de 1823 pasaran a los que los habían adquirido. Es un hecho histórico que, una vez desencade- nada la revolución, quien pretende ponerse al fren- te de la misma sin poseer un matiz claramente re- volucionario camina hacia el fracaso. Este fue el caso del Conde de Toreno durante su mandato en el verano del año 1835. Ni las medidas adopta- das contra el clero ni los cambios introducidos en su gabinete contentaron a la corriente liberal y, en consecuencia, el movimiento revolucionario y las Juntas se extendieron rápidamente por nume- rosas provincias, con la seguridad de acabar con el Ministerio de Toreno. El movimiento revolucio- nario y el fervor popular recayeron en Juan Alva- rez Mendizábal, político y hábil hombre de nego- cios que llegó a España acompañado de una bri- llante carrera de financiero y comerciante. Vino propuesto para Ministro de Hacienda, y a los po- cos días de su llegada a Madrid, gracias a sus con- diciones personales y a su historial, recibió el en- cargo de formar Ministerio (49). La figura de Mendizábal (1790-1853), de una for- ma tradicional, ha sido controvertida, unos le ca- lifican con todo tipo de vituperios porque vincu- lan su actuación con la enorme pérdida de poder y de riqueza que la Iglesia sufrió en el transcurso del siglo XIX, cuando la realidad es muy comple- ja, y otros le ensalzan permanentemente como re- presentante de los valores que forjan una España distinta, vinculada al progreso de corte europeo, como político honrado, eficaz, coherente y que con decisión e idealismo se enfrentaba a los enor- mes problemas que tenía la nación cuando tomó el poder en septiembre de 1835. Sus coordena- das de actuación se tenían que desenvolver den- tro de una impresionante realidad que ofrecía un panorama desolador: guerra civil, descontrol en la autoridad política interior, una Hacienda en com- pleta ruina y con posibilidades mínimas de obte- ner crédito alguno (50). Mendizábal, que había sido condenado a muerte por la Audiencia de Sevilla por haber tomado parte en el Alzamiento de Cabezas de San Juan, emi- gró a Inglaterra. Y descontento con la amnistía de Cea Bermúdez, permaneció en Inglaterra hasta que el 13 de junio de 1835, a través de la Embaja- da española, se le entregó, con asombro suyo, el nombramiento de Ministro de Hacienda. De Lon- dres pasó a París y «tan escasa era la idea que te- nía del cargo que se le había conferido que desde allí extendió decretos como ministro...» (51). Al poco tiempo de llegar a Madrid, se le propuso que se hiciera cargo del gobierno. Ramón de Santi- llán indica en sus Memorias que «valor bien ex- traordinario se necesitaba para encargarse del go- bierno en medio de tantas angustias; y preciso es confesar que Mendizábal lo tuvo y que, dígase cuanto se quiera de las medidas que adoptó, a ellas se debió muy principalmente entonces la salvación del trono de Isabel ll» (52). Independientemente de la relación que Mendi- zábal estableciera entre las necesidades económi- cas de la nación y sus ideas anticlericales, el de- sarrollo de los hechos se orientó de tal modo (que- rra carlista, aumento de la deuda, negociaciones fallidas con Inglaterra) que solamente acudiendo a la venta de los inmensos bienes que poseía el clero podía seguir adelante con su ambiciosa po- lítica. Y a ello encaminó sus esfuerzos después de haber obtenido el voto de confianza y haber di- suelto las Cortes. Esperaba obtener de manera in- mediata los recursos suficientes para acabar con la guerra fratricida, amortizar la deuda y, además, poner en circulación a manos del interés individual los bienes que poseía la Iglesia, con el ánimo de vincular a numerosas familias a la causa de lsa- bel. Privaba, en primer lugar, un aspecto neta- mente político y, en segundo término, uno social y económico. Evolución del proceso desamortizador Las disposiciones más importantes que se de- cretaron y que dieron cuerpo a tan notable fenó- meno fueron la del 19 de febrero de 1836, que de- claró en venta todos los bienes que hubieran per- tenecido a las corporaciones religiosas suprimidas; la instrucción de 1 de marzo para llevar a efecto tal enajenación, y la del 8 del mismo mes, proce- dente del Ministerio de Gracia y Justicia, firmada por Alvaro Gómez Becerra, por la que quedaban «suprimidos todos los monasterios, conventos, co- legios y demás casas de comunidad o de institu- to religioso de varones, incluso los de clérigos re- gulares, y las de las cuatro Ordenes militares y San Juan de Jerusalen, existentes en la Península, is- las y posesiones de España y Africa». Los con- ventos de monjas se redujeron con arreglo al si- guiente criterio: a) no se conservará abierto nin- gún convento de monjas que tenga menos de 20 religiosas profesas, y b) no se permitirá en una misma población dos o más conventos de una mis- ma Orden. Estas disposiciones fueron la base de toda la co- piosa legislación posterior que permite seguir y descubrir la evolución de la desamortización has- ta el año 1844. Su estudio constituye fuente ina- preciable para descubrir los motivos por los que se decretaron, y también nos desvela el pensa- miento que movía a la minoría que tomó tales iniciativas. No me detengo en el análisis de la evolución le- gislativa, con el objeto de no extenderme dema- siado (53). Quiero señalar, en todo caso, que la urgencia sería una de las constantes más acusa- das en todo el período que va entre 1836 y 1844 porque tanto los programas de los moderados co- mo de los progresistas contaban con la desamor- tización, aunque desde el principio no se consi- guió la celeridad apetecida en las ventas. En el mes de octubre de 1836, en una Orden dada por el Ministerio de Hacienda (54), se dice que desde el mes de septiembre «se nota que la interesante enajenación de los bienes nacionales empieza a querer sacudir la dolorosa parálisis en que cayera, más por la desidia o negligencia de las manos ejecutoras, que por disposición alguna que pueda citarse de este ministerio. S. M. la Rei- na Gobernadora ha fijado muy detenidamente su atención... en el descuido en que han sido, y con- tinúan siendo miradas, muchas de las disposicio- nes principales de la instrucción circulada en Real Orden de 1 de marzo de 1836..., el gobierno ig- nora todavía si después de siete meses está con- cluido o muy adelantado el registro general de las propiedades adjudicadas a la nación... y qué lis- tas están formadas para sacar a la venta las fin- cas más apetecibles por todas circunstancias..., no pudiendo persuadirse el gobierno a que, entre tanta inmensidad de bienes, sólo haya 3.200 pre- dios que exciten las ganas de comprar en toda la nación. Entretanto es tristemente cierto que no ex- ceden de este número las fincas cuya tasación se ha pedido hasta el día, según las noticias comu- nicadas al gobierno, aunque no se sabe si están ya verificadas; siendo todavía más lamentable que el número de las vendidas no pase de 195 en fi- nes de agosto último. La situación presente, que hasta cierto punto es escandalosa, no puede to- lerarla por más tiempo el gobierno sin atraer so- bre sí una justa y merecida censura, y lo que es más, sin comprometer los intereses de la patria...» En realidad la «dolorosa parálisis» era fruto de la inestabilidad política, de las medidas que ante- riormente se habían tomado contra los compra- dores de bienes nacionales, de las presiones reli- giosas, de la pobreza del país. El que la situación comprometa «los intereses de la patria», indica hasta qué punto se tenían puestas las miras en la desamortización. Pero esa era la realidad. Hasta el mes de agosto sólo se habían vendido 195 fin- cas por un valor total en venta de 64.854.245 rea- les; 36 fincas correspondían a Cádiz, 24 a Córdo- ba, 10 a Extremadura, 71 a Madrid, 16 a Murcia y 10 a Valencia. El porcentaje del importe de las ventas alcanzaba el 71 para Madrid, el 17 a Cádiz el 4 a las 7 fincas vendidas en Cataluña y el 3,42 a Valencia. El total de estas cuatro provincias — lo de Cataluña se refería sólo a Barcelona— su- maba el 96,03 % del total nacional. El resto se re- partía entre 9 provincias. En septiembre se ven- dieron bienes en 11 provincias por un importe to- tal de 11.230.898 reales. Las ventas se animaron lentamente, aunque sólo eran apetecidas, en prin- cipio, las fincas urbanas de privilegiada localiza- ción. Basta decir que, de las 7 primeras fincas su- bastadas en la desamortización de Mendizábal, 2 se hallaban en la Puerta del Sol de Madrid y las otras 5 en las calles Alcalá, San Bernardo, Prínci- pe, Atocha y San Cristóbal de la capital del Reino. Después se irán incorporando otras pro- vincias, aunque al principio Madrid sostuvo el ni- vel de las ventas. A partir de 1838, Sevilla se co- locará en cabeza del movimiento, puesto que ya no perdería. En los años sucesivos, las subastas fueron in- crementándose — 11.850 fincas vendidas en 1839, 8.615 en 1840— hasta llegar a 1841, año en el que, bajo la Regencia de Espartero, se declararon en venta todas las fincas, derechos y acciones del cle- ro secular, en virtud de la ley de 2 de septiembre de 1841, siendo jefe del gobierno D. Antonio Gon- zález, y ministro de Hacienda D. Pedro Surrá y Rull. Las medidas tomadas para activar las ven- tas permitirán decir al Regente, en el seco y aus- tero discurso que pronunció en la apertura de las Cortes del año 1841: «Se ha dado impulso eficaz a las operaciones previas a la venta de los bienes del clero por medio de instrucciones y reglamen- tos que tienden a evitar los fraudes, y el gobierno espera que muy pronto será cumplida la ley. La enajenación de los bienes nacionales que proce- den de las extinguidas comunidades religiosas se activa, y las ventas prosiguen, aumentando la pro- piedad privada y disminuyendo nuestra deuda pú- blica». En efecto, en 1841 se habían vendido 9.741 fincas, que alcanzaron aproximadamente un va- lor en venta de 320 millones de reales. El Decreto de 2 de septiembre de 1841, por el que se habían puesto en venta los bienes del cle- ro secular, disipó los temores que parte de la po- blación tenía aún sobre el posible resultado final de las medidas desamortizadoras y contribuyó a la consolidación del proceso desamortizador. En 1842 se dictaron más órdenes para impulsar las ventas, se comunicaron circulares a los diocesa- nos y a los Regentes de las Audiencias, para que el clero se abstuviera de fomentar una actitud de hostilidad al gobierno; se intentó luchar contra cualquier asociación de personas que se confabu- laran para «alejar de los remates a los licitadores de buena fe y se habla de una sociedad de suje- tos proletarios, los cuales en los remates de fin- cas nacionales ponen en contribución a los cautos...» (55). Así llegamos al año 1843, año cumbre de la de- samortización de este período, ya que las ventas superaron a las habidas en cualquiera de los años anteriores, alcanzando casi un importe de 850 mi- llones de reales. El 53,49 % de este valor corres- pondió al clero regular, y el resto, 47,51, al clero secular. La desamortización de los bienes del cle- ro secular fue cobrando mayor importancia que en el año anterior, ya que solamente había supues- to en 1842, el 29,24 % del total. Y, en los prime- ros meses del año 1844, superó netamente a lo vendido procedente del clero regular, ya que al- canzó el 60,47 %, a pesar de las distintas cotiza- ciones que obtuvieron las fincas (307 % las del cle- ro regular, frente al 164 las del clero secular). Con el curso que la desamortización había emprendi- do y que mantenía a principios de 1844, a pesar de la muy viva oposición del clero, ya que nume- rosas veces se sostuvo en las Cortes que «públi- co es y notorio que se predican sermones no sólo en Madrid, sino en varios puntos de la Península, en que se trata de una manera indigna a los com- pradores de bienes nacionales», el proceso desa- mortizador habría alcanzado plenamente su fin si los azares de la política no hubieran entorpecido su marcha, ya que en el mes de julio se suspen- dió la venta de los bienes del clero secular y la de los de las comunidades de monjas, habiendo pues- to claramente de manifiesto unos días antes el mi- nistro de Hacienda que el gobierno consideraba «...i¡nevitable la suspensión de la venta hasta que con más meditación y detenimiento puedan ave- nirse y conciliarse todos los intereses, sin perjui- cio de los fines a que dichos bienes fueron aplica- dos», y que «... estaba decidido con voluntad fir- me y resuelta, a respetar y hacer que todos res- peten, como de todo punto inviolables, las pro- piedades procedentes de los bienes del clero re- gular y secular, que han sido enajenados en es- tos últimos años con arreglo a las leyes que en ellos mismos se dieron», intentándose de este modo sa- lir anticipadamente al paso y ponerse a salvo de todas las críticas que el decreto de suspensión levantara. ¿Cómo afectó la desamortización de Mendizá- bal a las diversas provincias? En el cuadro n.? 1 se pueden observar el valor en tasación y el valor en venta que alcanzaron las fincas vendidas en el período comprendido entre los años 1836 y 1845 (56). Las provincias en las que se vendieron más bie- nes, fueron Sevilla, Madrid, Córdoba, Valencia, Toledo y Salamanca. En ellas se vendió el 41,4 % de lo rematado en toda España. Por lo que se re- fiere a fincas rústicas, Sevilla estuvo a la cabeza, con el 11,40 % del total nacional, siguiéndole a mucha distancia Toledo, con el 6,85. Después le seguían Salamanca, Córdoba, Valencia, Jaén, Ba- dajoz, Zamora, Barcelona, Cáceres y Zaragoza. En estas provincias, las ventas de las fincas rústicas al- canzaron el 55,19 % de lo vendido en toda España. Durante la desamortización de Mendizábal se vendió aproximadamente el 62 % de todo lo que poseía el clero, quedando por vender el 38, es de- cir, bienes por un valor superior a los 900 millo- nes de reales, de los cuales correspondía un 75 % al clero secular y el resto, al regular. Quedaba pues una cuantiosa masa de bienes que pasaría a en- grosar el patrimonio de la desamortización de 1855. 2. Estudios aparecidos Los estudios que se ocupan de alguna forma de este período son numerosos y por ello tene- mos una visión cada vez más completa de lo ocu- rrido durante estos años; qué bienes se vendie- ron y, sobre todo, a quiénes iban a parar. Sabe- mos bastante sobre los compradores de bienes na- cionales, aunque disponemos de pocos estudios que intenten ofrecer una visión del estado actual de las investigaciones (57). Ya son muchas las provincias sobre las que han aparecido estudios. Ante un fenómeno tan volu- minoso —sólo en la época de Mendizábal se ven- dieron alrededor de 198.000 fincas— se imponen investigaciones monográficas locales o provincia- les. La suma o la continuidad de estas publicacio- nes van aportando datos para tener un mayor y más completo conocimiento desde todos los pun- tos de vista, desde las fuentes que se utilizan pa- ra las investigaciones hasta la identidad de mu- chos compradores, de los que interesan muchos aspectos: profesión, procedencia de sus recursos, inversiones efectuadas, mejoras introducidas en las fincas adquiridas, etc. Ya hace bastante años que publiqué un corto artículo sobre la desamortización de Mendizábal en la provincia de Barcelona (58) y poco después un pequeño libro sobre la provincia de Gerona (59). Algunas de sus conclusiones se han recogido en varias publicaciones (60). Con objeto de comple- tar la visión de la desamortización en Cataluña, recogí material para proceder al estudio de la pro- vincia de Tarragona, y mientras ha aparecido un extenso libro sobre dicho tema, obra de Salvador CUADRO N.? 1 VALOR DE LAS VENTAS (1836-1844) Viorién Viloren % % provincial % nacional ES PROVINCIA N. fincas tasación venta nacional Cotizacion Rústicas Urbanas Rústicas Urbanas vendidas ? E (en miles) fen miles) 130.377.010 426.436.630 128.785.070 282.301.210 84.874.950 191.340.800 61.917.920 188.989.290 81.989.000 181.788.000 74.472.470 158.129.440 á 63.034.020 130.898.410 Zaragoza 4 58.022.920 128.775.140 Barcelona 35.836.130 110.763.820 62.733.190 112.380.770 51.809.690 103.785.910 ; 50.845.190 90.667.860 Cáceres a 37.242.440 88.812.070 Valladolid 4 53.551.770 87.766.550 37.561.720 82.238.920 ¿ 34.200.410 80.938.230 Palencia l 40.659.130 72.429.440 Navarra E 24.564.920 57.781.150 24.279.380 55.921.470 23.443.110 54.312.120 25.450.450 53.596.610 22.017.800 53.329.250 20.608.170 49.503.460 20.385.840 48.373.380 22.151.390 47.815.970 19.016.275 41.050.755 e 14.522.540 38.905.370 Guadalajara a 21.860.180 31.702.930 Logroño y 19.797.560 36.269.050 Baleares 10.317.840 35.303.670 Canarias 13.397.190 34.516.190 14.446.420 34.143.540 16.730.100 33.400.570 15.598.350 30.311.060 11.148.160 25.685.930 14.920.490 24.468.330 11.348.970 22.020.220 9.930.910 21.401.650 11.488.740 19.654.980 11.116.880 17.043.590 8.006.890 13.774.460 5.618.750 13.612.610 5.114.190 11.478.760 5.520,090 9.850.220 6.362.380 7.597.240 Pontevedra 2.445.340 4.206.630 Guipúzcoa 528.740 1.454.600 E 97,70 283 A SS - a o. - 8SRABICRED LINIERS B2S532585: 0832853833038 200-000 >-=>=a- ERRE E 3 3 3 3 2 2 2 2 2 2, 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 0 cd o e e de e e dl de de dl de de md dd PY 2 PY MN Y DY Y ooon>=oh=pu E ocosooo EEES Fuente: F. Simón, La Desamortización española en el siglo XIX, Madrid, 1973, pag. 158-159. Rovira (61), donde analiza pormenorizadamente las ventas en las comarcas de Tarragona. Una gran recopilación de datos que presenta de forma muy ordenada por municipios y por comarcas, anali- zando en primer lugar la situación de la Iglesia en el año 1835. Dedica un interesante capítulo a los compradores, y también abarca la vertiente cul- tural y artística de edificios y bienes, al estudiar el destino dado a los edificios que fueron conven- tos y también la pérdida del patrimonio cultural de los enterramientos, retablos y altares, campa- nas, libros, archivos, joyas y pinturas. Para realizar la investigación de la provincia de Tarragona, Salvador Rovira se ha basado, sobre todo, en los fondos de protocolos que se conser- van en el Archivo Histórico Provincial de Tarra- gona. Ha analizado, si no he sumado mal (62) un conjunto de 544 fincas que se vendieron por un valor total de 32.948.287 reales, de las cuales 298 pertenecían al clero regular y 246 al secular (63). Esta obra, que es un gran trabajo de investigación, ha prescindido de la utilización del Boletín Oficial de la Venta de Bienes Nacionales (en adelante BOVBN) (64) y creo que haber adoptado esta de- cisión supone incurrir en un serio lapsus, porque el Boletín Oficial de la provincia de Tarragona no recoge con regularidad y de forma íntegra las no- ticias y relaciones de compradores que de forma continuada se fueron publicando en los BOVBN. En los BOVBN aparecieron, en la época de la desamortización que comentamos, de acuerdo con el recuento que he efectuado, la venta de fin- cas procedentes del clero regular y del secular por un valor total de 30.273.884 reales (65), valor in- ferior al que ha estimado S. Rovira — 32.948.287 — y éste, inferior, a su vez, al dato que aporta Ma- doz —852 fincas por un valor total de 34.143.540 (66) —. Utilizando los BOVBN se hubiera enrique- cido mucho la investigación porque se hubiese po- dido comprobar si efectivamente los comprado- res que aparecen en los Boletines son los mismos que inscriben las fincas de acuerdo con los fon- dos de Protocolos. O por el contrario, si muchos de los compradores adquieren para terceros, y se deshacen rápidamente de los bienes rematados en principio a su nombre. La mayor parte de los com- pradores que relaciona S. Rovira, y sobre los que presenta algunos rasgos o características de su biografía, aparecen en los Boletines de Ventas. Así, son grandes compradores (67), por ejem- 86 plo Bernardo Torrell —compra en total por valor de 1.855.397 reales— o Antonio Frayse — 788.806 reales—. Y son de gran interés los rasgos biográ- ficos que describe de los 32 compradores, de los cuales no indica la profesión de tres. El resto, lo podemos agrupar en 15 comerciantes, 6 hacen- dados, contribuyentes (68), 3 de profesiones libe- rales, 2 banqueros o relacionados con bancos, 1 arrendador de impuestos, y el tesorero de la casa del Infante Francisco de Paula, el marqués de Casa Riera y 1 herrero, que después se declaró en quie- bra (69). En el estudio de las ventas en Tarrago- na, Rovira i¡ Gómez llega a la conclusión de que la gran beneficiada de las fincas rústicas tue la cla- se media, principalmente la ciudadana, que adqui- rió 4.920 Has, que suponen el 92 % de las tierras vendidas. También es interesante observar el fuer- te grado de concentración en la participación de los distintos municipios, ya que en 6 municipios —Masroig, La Morera de Montserrat, Tarragona, Tortosa, Valls y Vimbodi—, se vendió el 75 % de todo lo desamortizado (70). Para el conocimiento de la desamortización de Mendizábal en Cataluña, es de gran utilidad — y S. Rovira también la utiliza — (71) la mencionada obra de Cayetano Barraquer y, si se procediera a la recopilación de los datos que contiene sobre la provincia de Lérida, tendríamos un conocimiento bastante aproximado de lo ocurrido en todo el Principado (72). Sevilla, provincia que participó de forma singular en las ventas en el período de Mendizábal, ha si- do estudiada por A. Lazo Díaz en un libro apare- cido en el año 1970 (73). Anteriormente a la apa- rición de la mencionada publicación, en un antí- culo titulado «La desamortización eclesiástica en la provincia de Sevilla: estudio de las fuentes» (74), abordaba un aspecto muy interesante que, en par- te, he analizado al estudiar la obra de S. J. Rovi- ra sobre Tarragona. Dice Lazo «Así, pues, podría pensarse que, en consecuencia, la utilización de los Boletines Oficiales de las Provincias bastaría para un estudio exhaustivo de la desamortización, en las distintas regiones españolas, entre 1836 y 1845, fecha esta última en que prácticamente pue- de darse por terminada la primera etapa de las su- bastas en toda España. Sin embargo, como vere- mos inmediatamente después, por lo menos para el caso concreto de la provincia de Sevilla, los Bo- letines no bastan... muy pronto pude darme cuen- ta de que con esa única documentación la pobre- za de material reunido resultaba evidente. Por lo pronto, y esto era algo que yo no podía admitir en principio, en dicho periódico oficial sólo apare- cían como sacadas a una pública subasta por el Estado 36 fincas pertenecientes al clero secular, cosa risible, y que se encontraba de momento en contradicción con la cifra de 533 heredades ven- didas que nos proporciona Madoz». (75) En el li- bro confirma esta postura, repitiendo lo expues- to en el artículo mencionado (76). Yo había tra- bajado mucho, precisamente por aquellas fechas y en los años anteriores, en los Boletines Oficia- les de Ventas de Bienes Nacionales (BOVBN) y me sorprendieron las afirmaciones de A. Lazo Díaz. Cuando dispuse de tiempo, me acerqué a comprobar si efectivamente los BOVBN no con- tenían los nombres de los rematantes y si sólo apa- recían un número tan reducido de fincas como los que indicaba A. Lazo. Comprobé que en todas las relaciones de la provincia de Sevilla aparece siem- pre el nombre de los que remataban las fincas (77) y en los BOVBN procedentes del clero secular, en- tre fincas rústicas y urbanas aparecen 834, de ellas 471 rústicas (78). En el Diccionario de Madoz, en total, para la provincia de Sevilla, el valor de lo vendido alcanzó la elevada cifra de 426.436.630 reales, correspondientes a 6.033 fincas (79). Y en los BOVBN, aparecen 4.455 fincas por un valor total de 350.568.101 reales (80). La mayor parte de los compradores de tierras aparecen en las relaciones de rematantes de fin- cas; concretamente, la relación que presenta de 19 grandes compradores, 16 de ellos aparecen en los BOVBN (81), y efectivamente, tal como indi- ca A. Lazo, Hilario Sáenz Fernández y Rafaela Me- cirón, compraron a través de Hipólito Nájera y de Francisco de Paula Melo (82). Además de estos grandes compradores, adquirieron bienes perso- nas vinculadas al mundo de la Administración cen- tral y provincial, desde el Subsecretario del Des- pacho de Hacienda hasta tres que fueron alcal- des de Sevilla —M. Cortina, J. García Verdugo el. Vázquez—, y un teniente de Alcalde de Sevi- lla, además del Comisario ordenador de Reales Ejércitos y del Subinspector de la Milicia Nacio- nal (83). En conjunto, sostiene A. Lazo que «no parece aventurado afirmar que en la provincia de Sevilla la desamortización de los bienes del clero secular y regular constituyó, desde el punto de vis- ta social, un indudable fracaso» (84). J. Porres Martín-Cleto, en su libro sobre la pro- vincia de Toledo, ya citado, ha investigado la de- samortización eclesiástica del siglo XIX en Tole- do capital, ciudad donde el clero tenía una pre- sencia singularmente importante, tanto desde el punto de vista del número de comunidades co- mo del número de fincas que poseían. Aporta en conjunto un extraordinario volumen de datos, qui- zá en algunas ocasiones poco sistematizados, y estudia de forma pormenorizada las incidencias su- fridas por el clero regular, el clero secular y llega inclusive a analizar algunas de las ventas habidas como consecuencia de la desamortización del año 1855. La gran cantidad de material que aporta sirve para que tengan que acudir a esta muy interesan- te investigación tanto los historiadores de la eco- nomía como los del arte. De acuerdo con su es- tudio, se vendieron 1.778 fincas urbanas, de las cuales 1.107 pertenecían al clero secular, y las fin- cas rústicas vendidas alcanzaron la extensión de 11.790 hectáreas (85). Llama la atención la gran cantidad de bienes y rentas que poseía el Arzo- bispado y la Catedral Primada. El Cabildo tenía 465 fincas urbanas, las memorias del Cabildo, 43; la Hermandad de racioneros y sus memorias 37; y los capellanes de coro y sus memorias, 74 (86). Indica que muchos de los compradores no eran de la provincia de Toledo, y «en pequeña escala sólo se beneficiaban directamente los antiguos arrendatarios —sobre todo de casas— que se con- vierten en dueños y dejan de pagar alquiler, aun- que asuman su conservación en el futuro, capí- tulo tampoco despreciable» (87). José M.? Mutiloa Poza, tiene varias publicacio- nes y descuella su obra sobre la desamortización eclesiástica en Navarra (88), en la que trata por- menorizadamente algunos aspectos legislativos. Desarrolla, por ejemplo, de forma metódica, la for- ma en que se procedió a la devolución de los bie- nes de la Iglesia (89), aspecto que no suelen re- coger los estudiosos de la desamortización; ade- más señala, a través de numerosos gráficos, las áreas geográficas afectadas por las ventas. Dedi- ca muy poca atención a los compradores. De acuerdo con los datos que expone, en Na- varra, bajo el mandato de Carlos IV, se enajena- ron 335 fincas urbanas y 3.708 fincas rústicas, con una extensión de 15.651 robadas, por un importe de 19.996.915 reales (90). A continuación indica que en el breve gobierno de Napoleón se vendie- ron, sin que fueran devueltas en la época de la Restauración de Fernando VII, 44 fincas urbanas y 127 rústicas, con 675 robadas, por un valor en venta de 8.482.156 reales. Y por último, las ven- tas que se efectúan de 1838 hasta 1893 fueron de 886 fincas urbanas y 11.745 rústicas, con una ex- tensión de 118.649 robadas, un valor de tasación de 32.782.166 reales y en venta de 96.220.528 rea- les (91). Otros varios investigadores se están ocupando del tema de la desamortización. Ya P. Ponsot, ci- ta el estudio que está efectuando Monguilot Abeti (92). R. Otero Pedrayo ha publicado un estudio sobre la desamortización eclesiástica en Orense, y C. Quintás Vázquez, ha estudiado aspectos de los bienes que poseía San Martín Pinario (93) y, como señala F. Tomás Valiente, «El principal re- sultado del trabajo de Carmen Quintás consiste, a mi juicio, en comprobar cómo los foreros fue- ron en muchos casos los adquirientes durante la desamortización del dominio eminente sobre las tierras desamortizadas, superponiéndose de este modo en ellos su anterior condición de titulares del dominio directo con el dominio eminente com- prado en la operación desamortizadora, con lo que accedieron a la situación de plenos propietarios» (94). La confirmación de esta tesis llevaría a con- siderar que en Galicia la desamortización consoli- dó a los antiguos rentistas y que, en todo caso, los nuevos procedían de la burguesía. J. J. Ojeda Quintana ha escrito un voluminoso libro sobre la desamortización en Canarias (95) pri- mer intento en que se recoge la desamortización eclesiástica y civil. Parece que este estudio, co- mo indica el autor, formará parte de una monu- mental historia económica de Canarias (1852-1927) e insisto sobre lo de monumental porque esta obra sobre la desamortización «quiere ser un capítulo de mi pretendida historia económica de Canarias» (96). Llega a la conclusión de que un número de 50 compradores adquirieron el 39 % del valor de las fincas vendidas. Y el número de compradores que superaron la cifra de 100.000 reales en Cana- rías se acerca a los 125, que supera el 60 % del total de las compras (97). Indica, además, que en Canarias la desamortización de 1836 fue más im- portante que la de 1855. Y que en Tenerife y Gran Canaria se vendieron el 13,45 y el 12,72 % respec- tivamente de estas islas (98). El mayor volumen de ventas correspondió a Gran Canaria. Respecto a los compradores, señala que «la si- tuación final después de los años de desamorti- zación no arroja un balance positivo en cuanto a un reparto más equitativo de la propiedad se re- fiere. La masa de jornaleros siguió estando some- tida a sus exiguos salarios y no pasó a la catego- ría de propietarios (99). Y la mayor parte de las compras las efectuaron los siguientes grupos: a) burguesía agrícola, nobleza y alta burguesía; b) co- merciantes; c) funcionarios y profesionales; y d) extranjeros (100). Lástima que J. J. Ojeda no nos ofrezca más características de algunos de los gran- des compradores, que seguro que, con la docu- mentación que ha manejado y el conocimiento que tiene de Canarias, nos podría ofrecer. Repito otra vez interrogantes. ¿Cuál era el origen de la fortu- na de algunos de estos compradores? ¿Cómo ex- plotaron las fincas a partir de su adquisición? Aborda consecuencias sociales de interés, ya que «el hecho de que se vendiesen las fincas en las condiciones ya expresadas, con la necesidad de seguir pagando los plazos de compras, forzó a muchos compradores a obtener mejores arren- damientos de sus colonos y a dificultades de és- tos para el pago de las nuevas tasas» (101), a la vez que la ocupación directa de fincas, monopo- lizando en trabajo lo que antes estaba repartido, llevó a dejar sin trabajo a un número considerable de agricultores. Considera a la vez que la desa- mortización fue un factor de peso en la emigra- ción canaria a partir de 1836 y, al igual que ocu- rrió con el clero, la beneficencia atravesó un mi- serable estado de abandono y necesidades. Su de- pendencia total posterior de fuentes externas de financiación no hizo sino empeorar su funciona- miento (102). En conjunto, a través de las notas que acabamos de destacar, se puede deducir que las características del proceso desamortizador en Canarias no disienten de lo que se observa en dis- tintas provincias españolas, sobre todo en lo que hace referencia a compradores. Un pequeño libro de Merino Navarro estudia la desamortización en Extremadura (103), no de una forma exhaustiva, pero por lo menos permite ob- tener algunas ideas acerca de lo ocurrido en esta interesante región, donde el clero regular poseía importantes extensiones de tierras. En Badajoz, los monasterios de El Escorial y de Guadalupe (104), junto con el convento de Santa Fe de To- ledo, y las órdenes de Santiago y Alcántara, po- seían importantes fincas rústicas (105). También eran propietarios de consideración en Cáceres. En Badajoz, las ventas afectaron a 119.960 fa- negas y en Cáceres, a 126.395. Parece que se dio un fuerte grado de concentración en las compras y, al hablar concretamente de Cáceres, Merino Na- varro sostiene que «cambió de propietarios apro- ximadamente el 5 % de la superficie provincial y, desde luego, una parte del latifundismo tiene su origen en los bienes de la Iglesia» (106). Más ade- lante concreta que «parte del actual latifundismo extremeño tiene su origen en la desamortización eclesiástica. No hay motivo para suponer que las fincas de propios u otras procedencias se vendie- ran de forma distinta (107). Como fenómeno ge- neral, al analizar los compradores, hay que poner de manifiesto que no fueron, excepto algunos ca- sos que serían excepcionales, los que trabajaban la tierra los que se hicieron con fincas. Compra- ron las personas que ya tenían posición. En Ex- tremadura, entre otros muchos, compraron, por ejemplo, varios procuradores fiscales de Ganade- ría y Cañadas de Badajoz (108) y, desde luego, un comprador de excepción fue el mismo Juan Alvarez de Mendizábal, que adquirió el cuarto lla- mado «Patudo», de 1.800 fanegas, con 10.800 en- cinas, por 2.140.000 reales, y que pertenecía a la Encomienda de Portezuelo, de la Orden de Alcán- tara (109). En Cáceres, por ejemplo, tenían fincas nume- rosas comunidades de fuera de la provincia, en- tre las que cabe citar varias de Ciudad Rodrigo — Sancti Spiritus, las Franciscanas y los Trinitarios—. También las monjas de Béjar, los Trinitarios de Ba- dajoz, San Esteban de Salamanca, Dominicas de Toledo y las monjas Claras de Zafra y de Zamora. Al hacer unas consideraciones sobre la provincia de Cáceres, hace unos años, en unos folios no pu- blicados, me llamó también la atención un fenó- meno que parece ser tónica general en la desa- mortización de Mendizábal: las ventas en las dis- tintas provincias se concentraban en unos cuan- tos municipios. En Cáceres había alrededor de 220 municipios, y las ventas sólo afectaron a unos 105, es decir, a menos del 50 % del total. Ahora bien: lo vendido en 14 municipios representó el 89 % del total (110). El grado de concentración de otras provincias también fue acusado. En Madrid, por ejemplo, (111) se adjudicó el 87,08 % del total en 6 muni- cipios. En Sevilla, lo vendido en 17 municipios su- puso el 87,55 % del total. Lo vendido en seis mu- nicipios de Cádiz — Arcos de la Frontera, Cádiz, Jerez, Medina Sidonia, Puerto de Santa María y Sanlúcar de Barrameda— supuso el 87,26 (112). De mucha más reciente publicación es el estu- dio de la desamortización de Mendizábal en la pro- vincia de Valladolid, de Germán Rueda (113). Se vendieron 58.600 Has., lo cual supone aproxima- damente el 7,2 % del total de la extensión de la provincia. El 93 % de la mencionada extensión eran «tierras de labor», lo cual nos da una idea de la calidad de las tierras que poseia el clero. Ade- más, se vendieron 745 edificaciones. Esta inves- tigación, que ha utilizado el ordenador para tratar los datos, considero que es de un gran interés y valía. Y desciende al análisis de una serie de as- pectos —sobre todo relacionados con los com- pradores— no tratados hasta el momento con tan- ta profundidad en los estudios efectuados sobre la desamortización. Los compradores de fincas rústicas «que com- ponen las clases medias y altas se benefician mu- cho más de la desamortización que las clases ba- jas» (114). El 47,4 % de los compradores, que son las clases bajas, es decir, labradores, pequeños y medianos propietarios, sólo adquirieron el 14,4 % de las tierras. Indica que el 15 % de los arrenda- tarios de fincas rústicas adquirieron las mismas en la desamortización (115). Y da la noticia de que «muchas de las compras, sobre todo aquellas rea- lizadas por los de vencidad rural, se hacen forman- do grupos» (116). Realiza una rica tipología de compradores compuesta de labradores, comer- ciantes, negociantes e industriales, rentistas, pro- tesionales, funcionarios y nobleza, que todos par- ticipan de alguna forma en las compras; y las per- sonas que ocupaban cargos públicos adquirieron bienes desamortizados en una elevada propor- ción (117). En conjunto, G. Rueda sostiene que «aunque cambia la tierra y la organización jurídica de la mis- ma, perviven las estructuras antiguas de la pro- piedad con leves retoques» (118). Donde se pro- duce más novedad es en las fincas urbanas, por- que aparece un considerable número de personas que se convierten en propietarios de la casa don- de viven o del almacén que utilizan para recoger el fruto de su trabajo. Adquirieron edificios un con- siderable número de personas que «aunque for- 89 men parte de las clases bajas, no son miembros de los estratos más ínfimos de éstas. Compran ca- sas que en la mayoría de los casos habitan ya con anterioridad; son capinteros, sastres, zapateros, empleados, mesoneros, y algunas individualida- des que declaran como profesión: enterrador, la- vandera, jornalero y aguador» (119). Desaparecie- ron los grandes propietarios de fincas urbanas — tipo cabildo de la Catedral de Valladolid —, que po- seían entre 16 y 164 edificios cada uno (120). Lo que antes de la desamortización era de 231 pro- pietarios pasó a 460, y si el número de propieta- rios de fincas urbanas se multiplicó en general por dos, el de propietarios de un sólo edificio, se mul- tiplicó por tres (121). L. López Puerta, en su estudio sobre la provin- cia de Guadalajara (122), en donde se vendieron casi 19.000 fincas según Madoz, observa que la característica principal fue la pequeña extensión de las fincas rústicas y la poca valía de la mayoría de las urbanas. Parece que lo más valioso lo ad- quirió la burguesía local o la madrileña. Orihuela y la vega baja del Segura, han sido es- tudiadas por J. A. Ramos (123) y concluye que los burgueses de Madrid, Alicante y Murcia fue- ron los mayores compradores de bienes naciona- les de la zona que estudia. En Orihuela, compra- ron tierras un latifundista, un industrial, un mili- tar y dos comerciantes. Los jornaleros no se be- neficiaron de las ventas y concluye que la «desa- mortización eclesiástica en la zona afianzó e in- cluso mejoró la situación de los ricos y aumentó el proletariado agrícola, haciendo su vida más mi- serable» (124). Otras investigaciones se ciñen todavía más al estudio de lo ocurrido en alguna localidad o a la suerte que corrieron los bienes de alguna comu- nidad religiosa o convento en concreto. Teodoro Martín, por ejemplo, ha estudiado muy bien el Convento de San Esteban (125), propietario de unas 6.000 hectáreas de buenas tierras de seca- no, que se vendieron muy bien. Coincide en la ti- pología de compradores con las descripciones re- petidas ya varias veces. Compraron propietarios, comerciantes, funcionarios y personas de profe- sión liberal. Hubo algún comprador campesino modesto, pero la situación de los colonos no me- joró nada, e inclusive empeoró su situación ya que, con posterioridad a las ventas de las fincas, los arrendamientos tendieron a elevarse (126). 90 Guillermo Herrero, ha estudiado la desamorti- zación de bienes de manos muertas en la ciudad de Palencia (127), estudio en el que introduce, por ejemplo, el catastro del Marqués de la Ensenada que proporciona, de forma meticulosa, datos acer- ca de las posesiones de la Iglesia en Palencia —el 15 % del suelo urbano le pertenecía, y el 30,66 % de la superficie rural del término de Palencia. No aporta datos sobre compradores y sostiene que la Iglesia «perdió prácticamente todas sus tierras y la mayor parte de sus fincas urbanas» (128). Ma- nuel Revuelta González ha efectuado un buen es- tudio sobre «La desamortización eclesiástica en Aguilar de Campóo» (129) y, como buen conoce- dor de la historia eclesiástica, conjuga el estudio de dicha entidad local con el fenómeno de la ex- claustración (130) y analiza hasta la liquidación de los bienes después de la revolución de 1868. Las tierras de la Iglesia ocupaban aproximadamente la duodécima parte, o el 8,6 %, del territorio mu- nicipal. Y fueron adquiridas por unos pocos com- pradores, que en las ventas del período de Men- dizábal, en su mayoría, no eran de Aguilar. El ma- yor comprador, Paulino de Mora, que adquirió al- rededor del 46 % de lo vendido, era de Palencia. Otros eran vecinos de Reinosa, Potes, Santander y Ormas. Hace hincapié en el hecho de que, a par- tir de 1860, en que las ventas gozan de la aquies- cencia de la Iglesia, los compradores de fincas eclesiásticas son del mismo Aguilar «...los agui- larenses más acomodados acuden a las subastas no sólo de las fincas del pueblo, sino también de las del contorno» (131). A su juicio, la desamorti- zación eclesiástica se hizo de tal modo que ni eco- nómica ni culturalmente favoreció al verdadero pueblo (132). Seguro que en este repaso que he dado a las publicaciones sobre la desamortización de Men- dizábal me olvido de algunas, porque son muchos, afortunadamente, los estudios e investigaciones que se interesan por este tema y así se va enri- queciendo, a través de diversos frentes, el cono- cimiento que se tiene de este fenómeno que ha incidido en la vida política, social, religiosa, artís- tica y administrativa del siglo XIX y del actual. 3. Consideraciones sobre los compradores. Compras hechas en grupo. Participación de la nobleza Quiero, por último, introducir unas considera- ciones sobre los compradores de los bienes desa- mortizados, porque probablemente constituyan el aspecto más importante del proceso que estudia- mos. Los bienes rústicos y urbanos no desapare- cen, cambian de manos, y los nuevos propieta- rios han invertido para comprar y quieren obte- ner, lógicamente, el máximo beneficio de sus nue- vas compras. Queda mucho por analizar. Sobre este punto tendrán que aparecer trabajos mono- gráficos, que aportarán mucha luz a lo poco que se sabe hasta el momento. No cabe duda de que la clase pobre, no poseedora de bienes en el cam- po, prácticamente no tuvo posibilidades de adqui- rir. En los distintos trabajos publicados, se lee poco más o menos, una y otra vez, que se llega a la con- clusión de que compró la burguesía, la clase adi- nerada, que los antiguos rentistas y propietarios consolidaron y mejoraron su posición, que lo más valioso fue adquirido por la burguesía local o por la madrileña, que los adquirentes no fueron los campesinos sin tierra, sino, en general, los bur- gueses, terratenientes, funcionarios militares, em- pleados de las oficinas donde se tramitaba todo el proceso desamortizador, personas de profesión liberal, personal de Diputaciones y Ayuntamien- tos, comerciantes, rentistas, hacendados, etc. Me quiero detener en dos aspectos de los com- pradores: a) las compras hechas en compañía, en grupo o en asociación de unas cuantas personas interesadas por alguna finca, que la compraba uno y después se la distribuían o ya la compraban en- tre todos, hecho que se dio creo que bastantes veces en la desamortización de 1855 a través de «cabezas de puente» o «cabezas de agrupación», es decir, personas que gozaban de la confianza de la mayoría, acudían a las subastas para rema- tar las fincas y después se las repartían entre va- rios o muchos vecinos de los pueblos. He referi- do varios casos que se dieron en la provincia de Ciudad Real (133), donde los vecinos se agrupa- ban temiendo que con las ventas, sobre todo de bienes de propios, quedaran desposeídos de tie- rras de las que se habian beneficiado siempre. Uno realizaba la compra, y la finca adquirida se repar- tía entre los vecinos del pueblo, dividiéndose en forma proporcional al importe del pago. Y b) a la participación de la nobleza en las compras. Ambos temas merecen un estudio monográfi- co. Respecto a las compras hechas en grupo o en asociación, hemos visto como G. Rueda las cita para el caso de Valladolid. Y desde luego en los BOVBN aparecen muchas veces como rematan- tes, el nombre «y compañía» por ejemplo: Andrea Salvador y Compañía, Manuel Chillón y Compa- ñía, Santiago Lozano y Compañía, Román Rodrí- guez y Compañía, etc. (134), todos ellos de la pro- vincia de Zamora. ¿Cómo se puede interpretar tal denominación? ¿Acaso han constituido compañías o sociedades con el ánimo de especular con las compras? No parece ser este el caso porque, por un lado, se trata de pequeñas fincas procedentes del clero secular y, por otro, en otras ocasiones aparece una redacción distinta y, a mi forma de ver, reveladora. Por ejemplo, en Segovia, Benito Barroso compró «para sí y compañía» unas tie- rras y parece poder deducirse que es para repar- tirlas entre él y alguien más (135). O José Hernán- dez, que compró en la provincia de Salamanca «para sí y otros» (136), y en la misma provincia compraron en el término de Sobradillo «por ter- ceras partes», Benito Cufate, Jacinto Arroyo y Juan Rodríguez (137). Y Mauricio Moreda, Simón Pérez y Pedro Villoria, «por iguales partes» (138) 20 fanegas y 7 celemines. En la provincia de Pa- lencia se dan numerosos casos en que uno com- pra para varios (139); siete compradores remata- ron un quiñón en Dueñas del Convento de Reli- giosas de San Agustín, de 30 fanegas en 8 peda- zos, por 22.010 reales (140), ocho compradores remataron otro quiñón de 31 obradas; otros ocho compradores se hicieron con 18 obradas del Mo- nasterio de Dueñas, por 17.000 reales (141). Además de en las provincias de Zamora, Sala- manca y Palencia, se dieron casos similares en To- ledo y Jaén. En Toledo, varios compradores a la vez se hicieron con unas fincas rústicas proceden- tes del clero secular en el término de Villatobas (142) y remataron numerosas fincas rústicas, con- juntamente, Manuel Portillo, José Gallarza, José García, Francisco Oteo y Julián del Valle (143), procedentes de las monjas de Santa Ursula de To- ledo, en el término de Rielves. Y en Jaén, muchos compradores reunidos —unos 30—, compraron un cortijo por valor de 3.000.000 de reales en el término de Porcuna, de una extensión de 871 fa- negas (144), y en otro caso 5 compradores se unieron para realizar una pequeña adquisición: 7 fanegas de olivos por un total de 10.010 reales. Sin duda alguna que un estimulo muy impor- tante para comprar era el que se tuviera en arren- damiento la finca o la propiedad que se ponía en venta. Ante tal situación, se hace lo imposible para acudir a las subastas directamente o delegar en alguien para poder ascender a la categoría de pro- pietario. Hemos visto cómo en Toledo los arren- datarios compraban algunas de las casas que se vendían. En Zamora, numerosas fincas del clero secular fueron adquiridas por Diego Martín y «va- rios compañeros de arrendamiento» (145). En Ciu- dad Real, en la desamortización de 1855, por ejem- plo, varios de los compradores de los quintos o millares del Valle de Alcudia, eran los tradiciona- les arrendatarios de sus apetecidos pastos. Respecto a la nobleza, en mi artículo sobre la desamortización de Mendizábal en Madrid, publi- cado hace ya muchos años (146), citaba una re- lación de personas de dicha procedencia que ha- bían adquirido fincas. Relación que F. Tomás y Valiente reproduce integramente en su artículo re- petidas veces citado (147) y sugiere que éste es un aspecto de la desamortización que convendría aclarar y cuantificar. En este momento sólo pue- do enriquecerlo un poco, en el sentido de aumen- tar la enumeración de títulos que se hacen con bie- nes durante la desamortización citada. No me atre- vo a emitir juicio respecto a la importancia que tu- vieron las compras que efectuó dicha clase social. En general, parece que compraron buenas fincas, tanto procedentes del clero regular como del se- cular, y cuando las ventas ya se hallan en fase avanzada, es decir, que, al seleccionar bien y en momento oportuno, las compras les proporciona- ron una mejora o consolidación de su situación económica y social (148). Compraron sobre todo en Andalucía, Extremadura y Castilla. Muy poco — por ejemplo— en Cataluña y en el Norte. En Andalucía compraron: el conde de Altami- ra, que adquiere en Córdoba la hacienda Alhon- diguilla, de 594 fanegas, por 721.500 reales, que fue de la Capilla de San Pedro de la Catedral de Córdoba (149), y en el término de Montilla la ca- silla de San Rafael, de 68 aranzadas de extensión, con 2.340 olivos, 25 herpes, 14 higueras, que per- teneció a la comunidad de curas de Córdoba, por 214.100 reales. El Serenísimo Señor Infante D. Francisco de Paula Borbón, remató la mitad del cortijo nom- brado Pan Jiménez, en Córdoba, de 516 fanegas, que fue del Convento de San Francisco (150). En la provincia de Granada compró varias fin- cas el Duque de Noblejas; entre otras, una de 41 marjales y 50 estadales en la Tapia Albaida (151), y el Vizconde de los Villares, una casa en Grana- da, calle del Buen Suceso, n.* 7, que pertenecía al cabildo de Santiago de Galicia (152). También adquirió bienes el Conde de Miravalles (153). En Jaén, el Marqués de Acapulco compró un cor- tijo en Torre Don Jimeno, de 215 fanegas, que fue de las Carmelitas Descalzas, por 260.030 reales (154) y también una dehesa denominada de las Bajadas, en el mismo Jaén (155). El marqués de Navasequi- lla adquirió varias fincas, entre ellas una pieza de tierra de 34 fanegas, y en Valdepeñas de Jaén, 100 fanegas con 2.000 olivos, que fueron de la fábrica parroquial de la mencionada villa (156); el Conde de Humanes se hizo con una casa en la plaza del Mercado, en Jaén, que había pertenecido a la ca- tedral, por 222.000 reales, y una huerta de riego si- tuada en Valdepeñas de Jaén (157). En la provincia de Sevilla, compraron el Mar- qués de Rivas, el Marqués de Torres, el Marqués de San Gil, el Marqués de Pikman y el Conde del Aguila (158). A dicha enumeración hay que aña- dir la Excma. Sra. Dña. Arcaya de Lorenzo, que remató por valor de 505.000 reales (159). En Extremadura, la nobleza participó de forma desigual en las compras, más en la provincia de Cáceres que en la de Badajoz. En Cáceres, adqui- rieron fincas los duques de Frías y de Híjar, los con- des de Adanero, Chinchón (160), Oliva (161), Quintanilla, Santa Olalla, los marqueses de la En- comienda (162) y del Reino, y el vizconde de To- rre de Albarragena (163). En Badajoz se hicieron con fincas la duquesa de Fernán Núñez, el conde de Puebla del Maestre y el de Santa Coloma y Ci- fuentes, la condesa de Montijo, el marqués de la Encomienda y la marquesa de Fuente Santa (164). La relación de nobles que mejoran o consolidan su situación con las compras efectuadas en el transcurso de la desamortización de Mendizábal no se acaba con la relación presentada en los pá- rrafos anteriores. De los datos que poseo —sin duda incompletísimos— se deduce que, además de en las zonas enumeradas de Andalucía y Ex- tremadura, participaron en las compras en otras varias provincias como Burgos, León, Zamora, Sa- lamanca, Valladolid, Segovia, Avila, Guadalajara, Toledo, Murcia, Alicante, Zaragoza, Baleares y Canarias. En Burgos, compró Mariano Salcedo, conde viudo de Villanueva de Duero y conde de Villarie- zo, que unas veces compra directamente, y otras lo hace por él Inocencio Capillas (165) o León Mar- tínez, que adquirió 175 heredades de 92 fanegas y 8 celemines por valor de 70.000 reales, y otras 62 heredades de cabida de 45 fanegas y 2 celemi- nes, en Urría, que habían sido de la Encomienda de Vallejo, de la orden de San Juan de Jerusalén (166). Felipe Pérez compró para el Duque de Hí- jar una hacienda en Sasamón que había pertene- cido a su cabildo parroquial, una hacienda de «53 tierras, 11 viñas, 2 prados y una era, de cabida to- do 108 fanegas, 7 celemines de sembradura de tres calidades», por 80.000 reales, y otra hacienda de 93 fanegas en Villanueva del Río Ubierna por 92.000 reales (167). Además compró varias fincas, en Burgos, el Conde de Altamira (168). En la provincia de León, compraron el Marqués de Villagarcía, que remató 87 fanegas en Villacon- tilde que habían sido del convento de San Agus- tín de Mansilla de las Mulas, y otras 93 fanegas y 6 celemines del convento de San Juan de Co- rias (169). Parte de los bienes que poseía la Cole- giata de San Isidoro de León en Lordemanos fue- ron a parar al Marqués de Astorga, que se hizo con 275 fanegas por 122.300 reales (170). Otros bienes procedentes de la misma Colegiata los ad- quirió el marqués de Montevirgen a través de An- gel de Reinoso, que compró los 4 puertos titula- dos Cantarilla, Cueva del Puerto, Cuevilla, Nava- res y la Vega, en los términos de Pinos y Santo Milano (171). En la provincia de Zamora, compraron el mar- qués de Miraflores, que adquirió varias fincas (172), y el Marqués de Fuente del Duero remató un qui- ñón de tierras del Bailio del Santo Sepulcro de To- ro, de 31 fanegas en 14 piezas (173). En Salamanca aparece una activa participación de la aristocracia. El marqués de Alcañices (174) compró varias fincas rústicas. Manuel Sánchez Monge adquirió para el Conde de Altamira tierras de pasto, labor y monte en el término de Alcaza- rén, de 506 huebras, que fue de los capellanes del coro de Ciudad Rodrigo, por 240.100 reales (175). El Vizconde de la Revilla se apresuró a re- matar la importante dehesa de la Izcala, que fue de las monjas de Santa Ursula de Salamanca, por 776.100 reales (176). Para el señor Marqués de Mi- raflores, Agustín Morales compró en Villamayor, San Morales y Aldea Rubia numerosas fincas rús- ticas por más de 900.000 reales, que tenían una extensión superior a las 355 huebras. Por último, adquirieron fincas el Marqués de Castellanos (177) y el duque de Berwik y Alba que remató «24 Y partes de las 300 de que se compone el término redondo de Gallegos de Crespos, inclusas 4 ca- sas que hacen 416 Y huebras de tierra de varias clases» (178). En Valladolid (179) compraron bienes la Con- desa Viuda de Montijo, Marqués de Fuente Due- ro, Marqués de Valverde, Duque de Alba, Mar- qués de Gallegos, Condesa de Fuentenueva, Mar- qués de Kessel y Marqués de Casa Irujo. Como ha señalado G. Rueda en su investigación sobre la provincia, respecto a las fincas rústicas, los com- pradores nobles supusieron el 0,70 % de todos los compradores, que adquirieron el 4,3 % de las tie- rras —algo más de 2.500 hectáreas— y desem- bolsaron el 7 % del total invertido por todos los compradores. Lo cual indica que adquirieron tie- rras de buena calidad (180), características que probablemente se pueden extender a las compras que la nobleza efectúa en otras varias de las pro- vincias que analizo. En Segovia, Pedro Campo compró para el Conde de Altamira varias fincas; entre otras, una de 117 pedazos con un total de 152 obradas y 22 es- tadales en Maderuelo (181). Adquirió bastante el Conde de Chinchón en Carbonero el Mayor y otros municipios, en total alrededor de 450 obradas (182). Otro comprador fue el Conde de Puñoen- rostro (183). En la provincia de Avila, Felipe Pérez compró bastante para el Conde de Salvatierra; entre otras, unas fincas en El Oso, de una extensión superior a las 130 obradas, por 130.000 reales, y también adquirió bienes la Excma. Sra. Dña. María Jose- fa Ribera de Duriel y el Excmo. Sr. D. José M.? Moscoso de Altamira (184). El Conde de Altami- ra remató, entre otras, una heredad de 80 obra- das en Canales, que fue del curato del menciona- do pueblo (185). Más importantes fueron las com- pras efectuadas, a través de Pedro Crespo, de una dehesa en Mirueña de 156 obradas «poco más o menos», que tue del Cabildo de Avila, y otra par- tida, de mayor extensión, adquirida a través de Vi- cente Zarza, en Muñogrande y Viñegra, de 55 obradas y 300 estadales de primera calidad, 77 obradas y 200 estadales de segunda y 383 obra- das y 200 estadales de tercera, por 310.020 reales y que también habían pertenecido a la catedral (186). El Marqués de Miraflores también adquirió algunas fincas (187). En Guadalajara, en las notas que poseo sólo aparece el Conde de Salvatierra, que también com- pró en otras varias provincias (188) y que, a tra- vés de Antonio Flores, adquirió un terreno de con- siderable extensión en Huérmeces del Cerro, de- nominado Henazar, de 800 fanegas de extensión, que fue del Cabildo de la Catedral de Sigúenza, por 240.000 reales (189). Mayor fue la participación de la nobleza en las transacciones habidas en la provincia de Toledo. El Conde de Altamira, ya citado en anteriores oca- siones, compró en la provincia (190), y los que so- bresalieron en adquisiciones fueron el duque de Híjar (191) que, entre otras, compró la labranza de Santa María de la Albuera, de 570 fanegas y 9 ce- lemines, por 884.000 reales (192), y el duque de Frías, que adquirió considerables extensiones (193). La Excma. Sra. Marquesa de Malpica com- pró la dehesa titulada las Acerolas, en el término de Camanerilla, de 500 fanegas de tierra de infe- rior calidad, una alameda de 1.205 pies de álamo negro y una buena casa de labor, del convento de la Concepción de Toledo, por 1.200.000 reales (194). El Conde de Toreno —uno de los treinta y dos liberales proscritos por Fernando VII — figura en los inventarios como comprador de bienes de los Carmelitas Calzados y Dominicos (195). Y tam- bién compraron fincas el Marqués de Casa Irujo (196), la Condesa de Montijo (197), el Conde de Shamal, al que se adjudicó la gran finca «Alcubi- lete», propiedad del Cabildo Primado, de origen medieval, y que en el momento de su venta se componía de 2.236 fanegas, una casa de labor con 20 habitaciones, otra de recreo de los señores ca- nónigos con 12 piezas, un molino, un puente, la presa y cuatro casas más (198); el marqués de To- rrecilla (199) y el duque de San Fernando (200). En Zaragoza, José Colmenares adquirió fincas para el Marqués de Camarasa (201). En Alicante, el conde de Altamira compró varias fincas rústi- cas, y remató en Crevillente numerosas horas de agua que habían pertenecido a la fábrica parro- quial de dicha ciudad (202). En Murcia, el Conde de Roche, Fulgencio Fuster, compró una finca en Orihuela (203). En Mallorca, adquirió fincas el Marqués de Al- branca (204). Y en Canarias, como ha señalado Ojeda, las compras las realizaron la burguesía agrí- cola y la nobleza en primer lugar (205). Compra- ron Antonio de la Rocha, el Conde de la Vega Grande, el Marqués de Villafuerte, que alguna vez adquiere con otros: junto con José Fleytas adquirió una finca rústica en Icod, de 64 fanegas, 4 almu- des y 33 brazas, del Monasterio de Bernardos de dicho pueblo, por 289.000 reales (206). También compró en Canarias el Marqués de San Andrés (207). V. LA DESAMORTIZACION DE 1855 De nuevo la desamortización volvería a plantear- se y triuntaría en el bienio liberal de 1854, Esta vez el verdadero protagonista fue Pascual Madoz Ibá- ñez (1806-1870), de acendrado pensamiento libe- ral, que ya le llevó al exilio en 1831 hasta 1833. Participó en las Cortes Constituyentes de 1836, y en el transcurso de la década moderada perma- neció en la oposición, con menor actividad políti- ca, lo que le permitió dedicarse a la enorme obra de su Diccionario, citado varias veces en este mis- mo artículo. En el bienio progresista, antes de mi- nistro, fue gobernador de Barcelona, y murió en Génova, Italia, adonde había ido formando parte de la Comisión de las Cortes encargada de salu- dar y acompañar al nuevo Rey de España. El 21 de enero de 1855 se aceptó la dimisión de Sevillano como Ministro de Hacienda y se propu- so para sucederle a Pascual Madoz que, a pro- puesta de Espartero, tuvo una reunión con el ga- binete el mismo día por la noche. Para aceptar el cargo que se le proponía, presentó una serie de puntos entre los que figuraban la desamortización, que en su opinión tenía que realizarse sin que fuera necesaria la aprobación de Roma, ante lo que el Consejo se pronunció afirmativamente (208). Así pues, se comprende que mientras estuvo al fren- te del ministerio —de enero a julio de 1855—, se propusieran, discutieran, decretaran y dictaran las disposiciones más importantes para llevar a cabo la desamortización y también que, en el trans- Mendizábal, Florez Estrada y Madoz JUAN ALVAREZ MENDIZABAL Juan Alvarez Mendizábal (1790- 1853), ministro de Hacienda en 1835, llevó a cabo la desamortización ecle- siástica que convirtió los bienes in- muebles de la iglesia en bienes nacio- nales, con una triple motivación: ha- llar recursos con que responder a una crecida deuda pública, reforzar las fi- las de los leales al nuevo régimen en plena guerra civil y llevar a la prácti- ca los principios económicos del libe- ralismo, en la dirección de abolir las instituciones del antiguo régimen. To- do indica que desde miembros de la familia real a burgueses urbanos y ru- rales participaron con evidente inte- rés, mediante concurso en pública su- basta, en la compra de propiedades que antes habían pertenecido a la iglesia. Por lo demás, no debe con- fundirse desamortización com ex- claustración o desaparición de con- ventos, fenómeno que había comen- zado a ocurrir en plena guerra de la Independencia y que continuó de ma- nera intermitente, y a menudo violen- ta, hasta que Mendizábal se hizo car- go de la cartera de Hacienda. ALVARO FLOREZ ESTRADA Alvaro Florez Estrada (1766-1853), economista influido por McCulloch y James Mill, y autor del Curso de Eco- nomía Política fue partidario, en vez de la venta de las tierras desamorti- zadas al mejor postor, de ceder en ré- gimen de enfiteusis las fincas a los arrendatarios que las cultivaban. La opinión de Florez Estrada se alinea en una interesante tradición colectivista en España, y a su favor, además de criterios igualitarios, queda la eviden- cia de que muchos campesinos aca- baron sumándose a la causa carlista, precisamente porque se encontraron expulsados de sus tierras ante la ele- vación de los arrendamientos, en nu- merosos casos inamovibles desde mucho tiempo atrás. En contra, ca- be aducir que la ideología liberal do- minante era la que proponía la asig- nación de derechos de propiedad a través del mercado, y que una refor- ma del dominio de la tierra sobre la base de explotaciones campesinas pudo, a la larga, haber afianzado la economía agraria de subsistencia e impedir el aumento de la producti- vidad. PASCUAL MADOZ Pascual Madoz (1806-1870). Minis- tro de Hacienda por primera vez en 1843. Lo volvió a ser en 1855 tras el triunfo de la revolución liberal de 1854. Participó también en la revolu- ción de 1868. Entre 1848 y 1850 se pu- blicó su Diccionario geográfico, his- tórico y estadístico, que es pieza im- prescindible para el conocimiento di- recto de la economía española de me- diados del siglo XIX. Se ha afirmado que, entre las razones de la desamor- tización general de 1855, que inclu- yó, de manera muy relevante, las pro- pledades colectivas de los municipios, influyó el alto precio de las tierras, desde la década de 1840, lo cual ha- bría indicado una demanda insatisfe- cha de suelo cultivable. La desamor- tización de 1855 dio lugar a un impor- tante incremento de las roturaciones que amplió la superficie de tierras de labor, en perjuicio de los pastos y los bosques. curso de las discusiones del Proyecto de Ley, lle- gara a hablar de «mi desamortización», contestan- do al diputado Sr. Labrador, que pedía que no se desamortizara todo a la vez «Yo voy a decir a S.S. —replicó el ministto— que desde el primer día que como Ministro de Hacienda me presenté en este Banco pronuncié la palabra «desamortización»; to- do el mundo sabe que yo llevo el pensamiento de mi desamortización a la desaparición completa de la mano muerta, de la mano mortifera» (209). En virtud de ley de 1 de mayo de 1855 se decla- raban en estado de venta —artículo 1. — «con arreglo a las prescripciones de la presente Ley, sin perjuicio de las cargas y servidumbres a que legi- timamente estén sujetos, todos los predios rústi- cos y urbanos, censos y foros pertenecientes al Estado, al clero, a las órdenes militares de San- tiago, Alcántara, Calatrava, Montesa y San Juan de Jerusalen; a cofradías, obras pias y santuarios; el secuestro del ex-infante D. Carlos, a los pro- pios y comunes de los pueblos; a la beneficencia, a la instrucción pública y cualquiera otros perte- necientes a manos muertas, ya estén o no man- dados vender por leyes anteriores». Así se puso rápidamente en marcha un proce- so que, interrumpido sólo de 1856 a 1858, se rea- nudaría con enorme fuerza hasta comienzos del siglo actual. Desde el comienzo, las ventas se de- senvolvieron de manera muy distinta a lo ocurri- do en la época de Mendizábal. Se comprende, por- que el país se hallaba en paz frente a la guerra que le había azotado anteriormente, las ventas de las épocas anteriores se habían reconocido y muchas fincas revalorizado considerablemente, a la vez que las luchas de conciencia, dificultades y recelos en el reconocimiento socíal de los compradores iban desapareciendo. Desde el principio se impulsó la venta a través de numerosas órdenes que encar- gaban a gobernadores y administradores que las activasen, ordenando a los empleados de las Con- tadurías de Hacienda que se dedicasen en «horas extraordinarias a auxiliar los trabajos de las admi- nistraciones de bienes nacionales...» En 1861 se incorporaron a las ventas los bienes de la Iglesia que el Estado tenía derecho a adqui- rir por efecto de la permutación acordada en el convenio celebrado con la Santa Sede (210), y se dictaron las disposiciones para la ejecución de las leyes desamortizadoras en Navarra. En 1862 las afectadas por análogas medidas fueron las Pro- vincias Vascongadas. En 1865 se determinaron los bienes que constituían el Patrimonio de la Coro- na, ordenando la venta del resto a favor del Esta- do (211). Los años de 1868 y 1869 se caracterizaron nue- vamente por las numerosas medidas adoptadas contra las instituciones eclesiásticas y sus bienes, suprimiendo una vez más la Compañía de Jesús y ordenando la ocupación de todos sus bienes. Posteriormente se pusieron también a la venta los bienes que habían pertenecido al Infante D. Fran- cisco y a D. Manuel Godoy, ordenándose asimis- mo que los edificios propios del Estado, que no tuvieran aplicación o no se emplearan para ofici- nas, etc. se enajenaran (212). La Hacienda se hallaba con tanta necesidad de ingresos que se atendía más a este fin que a cual- quier otra conveniencia. Lo que importaba era ven- der, y a este ideal se sacrificaron todos los demás y se supeditaron los otros intereses, de ahí que no preocupara en absoluto quién se hacía con las fincas ní de que forma se procedía a la división de las grandes extensiones. Si interesaba era con el objeto de sacar de las subastas de las fincas los máximos ingresos. Su gran importancia Para darnos cuenta de la importancia de la de- samortización de 1855, en que prácticamente se agotó la inmensa cantidad de fincas rústicas y ur- banas que poseían el Estado y las corporaciones, basta hacer algunas consideraciones en orden al volumen monetario que alcanzaron las ventas. En el primer período —desde 1855 a 1856— las ventas efectuadas alcanzaron un valor en tasación de 382.666.769 reales, y el importe de los rema- tes se elevó a 766.722.902 reales, es decir, que al- canzaron una cotización del 200 %. Este valor fue el resultado de la venta de 52.164 fincas, de las cuales 43.406 eran rústicas, generalmente de pe- queñas dimensiones porque los primeros ejecu- tores de la ley desamortizadora, fieles al espíritu de las recientes disposiciones, se aplicaron en par- celar cuidadosamente las fincas, espíritu que muy pronto se perdería y que llevaría a ventas de gran- des extensiones —nos referimos a las fincas rústicas — susceptibles de ser adquiridas solamen- te por una minoría. El volumen de las ventas alcanzado en unos po- cos meses —766 millones— nos demuestra, en pri- mer lugar, y de modo contundente, que la desa- mortización se hallaba muy arraigada y que el úni- co problema serio que se presentaba a los posi- bles compradores era el de la disponibilidad mo- netaria suficiente para poder hacer frente al pago inicial y a los plazos futuros que señalaba la ley. Tengamos en cuenta, por ejemplo, que sólo en el mes de Mayo de 1856, se vendieron 7.784 fin- cas, que alcanzaron en pública subasta un valor de 90.594.430 reales. De que se trata de una can- tidad muy notable nos damos cuenta si compara- mos este importe con las ventas mensuales de la desamortización del período comprendido entre 1836 y 1844. En esta época, se podían considerar buenos los meses en que las ventas alcanzaban un valor aproximado de 30 millones de reales. So- lamente en 1843, cuando se hallaban en plena de- samortización los bienes del clero secular y regu- lar, el importe conjunto alcanzó alguna vez alre- dedor de los 80 millones. Aunque claro está que en esta época todos los bienes en venta habían pertenecido al clero, mientras que, en 1856, se comprende perfectamente que muchas fincas de propios y, sobre todo de beneficencia, muy bien localizadas y de buena calidad, fuesen ávidamen- te apetecidas , o bien por personas que las habían cultivado personalmente, o por otros vecinos de los mismos pueblos, y que, al disponer de dinero, las adquirían y así incrementaban su patrimonio. Eran muchas y muy buenas las cesiones de terre- nos que en el transcurso de las generaciones se habían hecho en pro de la Beneficencia o de la Instrucción Pública y todas ellas estaban destina- das a cambiar de manos porque les había llegado la hora de la desamortización. Por otro lado, mien- tras que en los años 1836 y siguientes la partici- pación de las provincias era bastante escasa —el mes que más provincias participaron en las ven- tas fue en enero de 1841, 42—, a partir de 1856 aquella participación se hizo general y constante. Reemprendida la desamortización por Real De- creto de 2 de Octubre de 1858, que restablecía con todo su vigor las leyes anteriores de 1.” de Mayo de 1855 y 11 de Julio de 1856, referentes a bienes pertenecientes a manos muertas de carácter ci- vil, las subastas no comenzaron a efectuarse hasta 1859, y el intervalo estuvo ocupado por numero- sas órdenes y circulares, con objeto de que se ejecutaran acertadamente los designios del gobier- no (retasación y anuncio de fincas, etc.). Y así se reemprendieron con toda su fuerza las ventas, que en el año 1859 fueron muy cuantio- sas —por un valor superior a los 800 millones de reales—, sobresaliendo en importancia algunas provincias, de carácter netamente agrícola, como por ejemplo las dos extremeñas, donde la desa- mortización para sólo este año sobrepasó ligera- mente los 170 millones de reales. En ningún otro año las ventas alcanzaron volúmenes tan cuantio- sos, aunque en su totalidad y procedentes de to- dos los tipos de bienes vendidos, a finales de 1867 ya habían sobrepasado los 4.000 millones de rea- les, suma que en el transcurso de los años siguien- tes fue en aumento y llegó a superar los mil qui- nientos millones de pesetas (213). Esta sola cifra resulta suficiente para poner de relieve la importancia de la desamortización de 1855, que continuó a partir de 1858. La consecuen- cía es inmediata: una canalización tan importan- te de recursos monetarios tenía que ejercer un fuerte impacto en la evolución de la economía na- cional, y el trasvase de millones de hectáreas te- nía que afectar seriamente a la estructura del po- der terrateniente y a la vida de numerosas institu- ciones. El volumen total de lo vendido se puede obser- var en el cuadro n.* 2, donde se recoge el impor- te de las ventas de 1859 a 1895. Cuadro que ela- boré para poder tener una idea de cómo la desa- mortización había afectado a las distintas provin- cias y tener así una visión de conjunto, a la vez que podría orientar investigaciones. La desamortización de 1855, que hasta hace unos años era, en gran medida, prácticamente desconocida, llamó sobre todo la atención de sus contemporáneos y así tanto Bravo Murillo como Joaquín Costa comentaron acertadamente la im- portancia y transcendencia de las medidas adop- tadas (214). El volumen de las ventas habidas su- peró a las anteriores y, en consecuencia, es la más importante de todas las fases o etapas analizadas, tanto por el número de años en que estuvo vigente como por el importe alcanzado. CUADRO N.* 2 VOLUMEN DE LA DESAMORTIZACION DE 1859 A 1895 (En pesetas) o o A A A A N.* de Valor Valor % valor Valor fincas tasación en venta en venta unitario AAA ee 103.017.599 162.711.922 9,180 5.746 BAJA OZ ac osas tops ndats 17.652 62.637.967 128.905.239 7,272 TESIS SA E 14.508 50.871.096 114.105.327 3,903 7.864 CACAO A 9.792 48.382.624 89.292.959 5,037 9.118 Barcelona sacando acaba 2.768 56.263.534 78.446.677 4,425 28.340 [AA E E 9.993 38.990.605 75.977.187 4,226 7.603 ¡OIOÍO: «MAN RE 22.517 37.275.447 75.961.702 4,285 3.373 A e e 13.455 31.838.732 60.796.857 3,620 4.512 Ciiaad Reis 6.552 38.565.322 59.418.709 3,380 9.145 VElBnCia a a 11.273 31.264.992 56.896.292 3,210 5.047 e o 4.812 37.494.221 56.442.473 3,184 11.729 E 11.226 25.190.700 54.632.307 3,082 4.856 SEQUÍA 210 a cciunean 7.399 28.378.302 53.667.288 3,028 7.253 CU o ocnaeas 24.614 29.042.626 50.567.794 2,853 2.054 SalamMaNCd Rca rro 5.439 21.344.592 45.782.986 2,583 8.417 VaNSdold sam oeitesnas 8.144 20.458.370 44.200.700 2,493 5.427 A O 9.789 21.468.538 40.278.741 2,272 4.114 Neri E 10.208 18.628.357 37.186.838 2,098 3.642 ZOO an rariecis 5.147 20.730.767 36.753.883 2,073 7.140 A A 5.651 16.243.976 34.701.345 1,957 6.140 Ralenela irme 11.805 14.446.843 32.591.050 1,838 2.760 OEA ai analane 18.445 11.460.690 27.779.941 1,567 1.506 e E O REE ESAO 4.705 11.455.516 27.772.401 1,566 5.902 MURCIA: sr: 5.126 15.584.377 26.799.800 1,512 5.228 CN A 5.363 12.122.189 26.320.021 1,485 4.907 IMBIEOS ri 7.078 13.633.256 23.742.225 1,339 3.354 SOMO rr tos 6.338 12.000.408 23.316.839 1,705 3.678 (E E 2.979 12.386.069 20.212.224 1,140 6.784 CUENCA doo 4.675 10.520.579 18.797.320 1,060 4.020 Coruña 5.927 7.295.260 17.880.299 1,008 3.015 ME O O AO 3.592 8.107.934 15.837.849 0,893 4.401 OOO ron 16.971 8.026.732 15.276.448 0,861 900 Navarra erre 2.629 8.562.283 14.176.236 0,799 5.392 E O 7.012 7.756.846 13.256.846 0,781 1.976 A O A 2.724 8.119.723 13.465.252 0,759 3.615 TERUÓL arar NA 5.644 7.852.785 12.701.274 0,716 2.250 A 25122 6.477.652 11.967.021 0,675 5.639 Castellón rra 2.926 6.481.200 11.209.764 0,632 3.855 ACME 2.589 5.742.319 11.108.446 0,626 4.290 ROMTENEdEa ena 5.388 3.842.363 10.082.972 0,568 1.871 Almela tot 2.015 2.716.666 5.809.208 0,327 2.882 CMS A enacarsisas 1.308 2.587.583 5.806.150 0,327 4.432 (GUIDUARDA usos ccoo Ron 410 3.099.948 5.458.368 0,307 13.313 BALaTeS rra: ON 484 3.299.291 5.455.514 0,307 11.21 SAO ras 3.145 2.490.439 5.259.760 0,846 1.672 A a ascos 1.391 2.062.086 4.994.627 0,281 3.590 DIENSO 0. cc A 4.989 1.230.961 2.434.027 0,137 487 EC ORO OSO 347 1.711.336 2.854.390 0,093 8.225 2.111.318 1.772.308.833 a ena iaa E 869.454 949.531.095 Fuente: F. Simón, La Desamortización española en el siglo XIX. Madrid, 1973, pág. 261. 98 2. Estudios aparecidos Sin embargo, llama la atención el contraste en- tre su importancia y las investigaciones que so- bre ella se han realizado. Mientras que los estu- dios sobre la desamortización de Mendizábal ya son numerosos, y la mayoría de ellos los he cita- do en este artículo (215), las investigaciones so- bre la desamortización de 1855 son todavía pocas. Las provincias de Navarra y Ciudad Real son las que han sido mejor estudiadas (216). En otras va- rias publicaciones, algunas de ellas citadas en el transcurso de este artículo, se analizan, esporá- dica o parcialmente, algunas de las ventas habi- das, pero no se procede al estudio completo y sis- temático de todo el proceso de ventas realizado como consecuencia de las medidas adoptadas en 1855. Las desamortizaciones anteriores sólo habían afectado a la Iglesia y a las instituciones que ella mantenía. La de 1855 dio un gran golpe a otras muchas instituciones que poseían considerables bienes. Lo que había comenzado aplicándose a los bienes eclesiásticos, acabó afectando plenamen- te al patrimonio de los municipios. Como ya escribí en otro momento, en munici- pios donde el producto de los bienes de propios era un capítulo importante y que servía para finan- ciar el presupuesto municipal o contribuía direc- tamente al sostenimiento de un elevado porcen- taje de familias, las ventas de sus bienes fue un fuerte golpe a su estructura tradicional de forma y de nivel de vida. Más aún si tenemos en cuenta que el Estado no suplió con sus asignaciones la disminución de recursos que entrañaron las ven- tas. En un momento en que, en una gran parte de España, la estructura de la economía se basaba fun- damentalmente en las actividades primarias y un porcentaje elevadísimo de la población vivía del campo, directamente vinculada a trabajos agríco- las, el trasvase de cientos de miles de hectáreas de tierras tendría que ejercer, lógicamente, una gran influencia sobre las personas y familias di- rectamente unidas a dichas actividades. A los pueblos les aterraba la posibilidad de per- der las tierras que, de una forma tradicional, dis- frutaban a través de repartos regulares, y que les proporcionaban cereales, leña, caza o posibilidad de pastos. Por eso, los vecinos de algunos muni- cipios, temiendo que los remates de las subastas les fueran a desposeer definitivamente de las tie- rras de las que se habían beneficiado siempre, de- cidieron agruparse y actuaron de tal forma que uno de ellos fuera el que realizaba la compra y después la finca adquirida se repartía entre los vecinos del pueblo, tal como he referido antes. Las compras así efectuadas supusieron un por- centaje mínimo con respecto al total de las ven- tas. Hubo, tanto en la desamortización de 1836 como en la de 1855, grandes compradores indivi- duales. Algunos de los de la desamortización de 1836 los he citado en páginas anteriores. Muchos de los que adquirieron en la fase posterior hay que descubrirlos, es decir, tendríamos que intentar sa- ber algo más que nombres y apellidos. Á ser po- sible, cuál era su situación económica en el mo- mento de efectuar las compras, qué hicieron a cor- to plazo con las fincas adquiridas, si las mejora- ron o no, a qué cultivos las dedicaron, qué inno- vaciones introdujeron, cómo las explotaron, etc. ¿Quienes eran estos grandes compradores del decenio de 1860 que remataban sistemáticamen- te muchas fincas en varias provincias a la vez co- mo Francisco Montoya (que compra en Cádiz, Ciu- dad Real, Barcelona, Valencia, Salamanca, Cáce- res, Madrid, Badajoz, Toledo, Burgos), Pedro Rui- pérez (que compra en las provincias de Cáceres, Salamanca, Ciudad Real, Cádiz, Barcelona, Ge- rona), Jerónimo Heredia (compra en Salamanca, Cáceres, Guadalajara, Barcelona, Madrid), Joa- quín Morales (en Cáceres y Sevilla), Juan Mora- les (en Cáceres y Guadalajara), José M.? Velasco (en Cáceres y Cádiz), José Pozo len Badajoz, Cá- diz y Gerona), José Laguna (len Badajoz, Burgos, Madrid, Tarragona), Sebastián Cobarrubias (en Cáceres, Badajoz, Cádiz, Lérida) Antonio Cobos Ruiz len Cádiz, Barcelona), etc...? Hay que profundizar en los compradores, co- mo hay que profundizar en las implicaciones que la desamortización tuvo en la vida de los munici- pios. La desamortización de 1855 entrañaría que muchos municipios entraran en enormes apuros y dificultades, porque el Estado no cumplió sus promesas de pagos. Con la venta de propios y co- munes de los pueblos, cuyos arrendamientos, en general, nutrian parte de los ingresos municipales, dejaron de atenderse aspectos importantes de equipamiento y servicios, como remuneraciones a los maestros de escuela, subvenciones a cen- tros de sanidad y beneficencia, etc. Es necesario realizar investigaciones que comprueben si efec- tivamente en el transcurso de la segunda mitad del siglo XIX las realizaciones o prestaciones so- ciales de enseñanza, sanidad, beneficencia, etc. sufrieron ciertos quebrantos o desaparecieron (217). En el decenio de los ochenta, cuando ya se lle- vaban muchos años de desamortización, en la di- fícil coyuntura económica que se atravesaba, los pueblos que continuaban teniendo algunos bie- nes de propios veían aliviadas, de alguna forma, sus más perentorias necesidades. Donde no era así los pueblos se quejaban amargamente del ca- tastrófico resultado que la venta de bienes comu- nales produjo. Para citar algunos casos, el Ayun- tamiento de Villamayor de Campos, de la provin- cia de Zamora, señalaba que antes, en su comar- ca, 13 pueblos se aprovechaban del terreno «Ra- so de Villalpando», de 24.000 fanegas, y que su venta ha causado la ruina de la ganadería (218). El Ayuntamiento de Castellar de Santiago, de la provincia de Ciudad Real, clamaba —en vano — porque aún no le habían hecho efectivo el 80 por 100 de sus bienes de propios que le fueron enaje- nados por la ley desamortizadora (219). Y el gre- mio de labradores de Medina de Rioseco, de la provincia de Valladolid, se quejaba de que los pre- supuestos de los Ayuntamientos eran reducidos y «mermados siempre por ingresos que resultan imaginarios a causa de no pagarles el Tesoro los intereses que legitimamente les debe por las lá- minas de sus bienes vendidos»; poco antes, des- criben el panorama que ofrecía Valladolid y otras provincias castellanas al comenzar el invierno, don- de grupos de obreros «recorren las calles en pací- fica cuanto desconsoladora algarada, llevando, co- mo lema en su bandera, una demanda cuya justi- cia nadie puede negar: trabajo o limosna» (220). En la provincia de Santander, donde la impor- tancia de los montes propiedad de los municipios era enorme, no les apetecía el cambio de domi- nio de tales explotaciones, ya que hubiera acarrea- do su ruina inmediata, y se oponían rotundamen- te a la desamortización. La explotación de dichos montes proporcionaba gratuitamente en muchos municipios a sus vecinos maderas para la repara- ción de sus casas, leña para alimento de su ho- gar, abundantes pastos para los ganados y abri- go y refugio a los mismos contra los rigores de 100 las estaciones. Y el sobrante de la producción se destinaba a cubrir las atenciones del presupuesto municipal, evitando así las derramas. Las sierras calvas bajas se dividían en tantos lotes como ve- cinos, y cada uno tenía derecho a utilizar gratui- tamente el árgoma y brezo que contenían estas suertes. Se calculaba que todos los pueblos de la provincia —excepto tres— realizaban dicho tipo de aprovechamientos y, en conjunto, afectaban a unos 680 pueblos con 150.000 habitantes, que disfrutaban de una extensión de montes superior a las 190.000 hectáreas (221). Creo que para ir enriqueciendo el conocimien- to que ya se tiene sobre la desamortización con- viene que se profundice en algunos de los aspec- tos abordados en este artículo, Que vayan apare- ciendo estudios por regiones o provincias de las distintas fases analizadas. Asi, al final, se podrán realizar estudios de síntesis, con un conocimien- to completo de la incidencia de cada una de ellas. Sería de un gran interés el estudio, de forma sis- temática y continuada, de la evolución de la deu- da pública en relación con la desamortización. Convendría profundizar en lo ocurrido en el pe- ríodo 1808-1823 y clarificar la incidencia y efecti- vidad real de las disposiciones tomadas, a la vez que proceder a la valoración y, a ser posible, la cuantificación de las ventas habidas. Respecto a los compradores, han quedado pen- dientes una serie de interrogantes en torno a los más importantes, sobre todo durante la época Mendizábal. Aquí queda, en manos de los nume- rosos investigadores, un enorme campo abierto. Deberán proporcionar datos para poder definir, en último término, sí el trasvase de propiedad que im- plica la desamortización se hace o no a personas con espíritu empresarial, si se pueden agrupar en unos cuantos apartados con características sin- gulares cada uno, o si la coyuntura de cada una de las fases determina el que predomine uno u otro tipo de comprador. Concedo una gran importancia a las consecuen- cias que la desamortización acarrea en la vida de las instituciones y obras que dependían de los municipios. Profundizar en estos temas puede aportar luz respecto a importantes capítulos de la vida social y política de toda la época de la Restauración. NOTAS (1) La evolución legislativa de todo el proceso desamortizador se puede ver en mi libro La Desamortización española del siglo XIX, Madrid 1973, que contiene además la bibliografía complementaria fundamental. O, para citar sólo dos obras, en el de F. Tomás Y Va- LIENTE, El Marco Político de la Desamortización en España. Madrid, 1971. (2) En el estudio de los vales reales, considero que deben dife- renciarse con claridad dos épocas o etapas. Una primera, que com- prende las emisiones de los años 1780, 1781 y 1782. Y la segunda, que abarca las dos emisiones del año 1794, la de 1795 y la de 1799. (3) No hay un estudio, que yo sepa, de la evolución de su coti- zación. HAMILTON señala cómo se cotizaron en el decenio de los ochenta. Pierre ViLan, en algún momento, aporta datos esporadi- cos. A partir del 1800 caen vertiginosamente. En 1808 la deprecia- ción era del 90 y hasta del 95 por ciento. Acabaron convertidos, de alguna forma, y a través de numerosas vicisitudes, en Deuda Pública. (4) De 1787 a 1798 hubo motines muy importantes, por razones fiscales, en Cataluña, Galicia, Asturias, Guadalajara y Sevilla. (5) Esta cantidad es la que señalé en mi libro, 0b. cit. pág. 62, de acuerdo con las estimaciones de Fernando Gonzátez y de Fran- cisco de CARDENAS. Richard HerR en su artículo. «El significado de la desamortización en España», Moneda y Crédito, n.” 131, pág. 82, al analizar el volumen de las ventas que presentó de las distintas fa- ses o etapas, corrige la primera cifra —se refiere a los 1.600 millones— a 1.505. (6) Francisco de CARDENAS, Ensayo sobre la Historia de la pro- piedad territorial en España, t. Il, pay. 526. Me imagino que esta cantidad se refiere al valor por el que los bienes salían a subasta. (7) R. Hen, «Hacia el derrumbe del Antiguo Régimen: crisis fis- cal y desamortización bajo Carlos IV», Moneda y Crédito, n.” 118, pág. 37-100. (8) Art. citado, págs. 80-81. Quizá sea un juicio exagerado. Se tendría que llegar a determinar qué es lo que se vendió en cada pro- vincia en el transcurso de las distintas desamortizaciones. Entonces se dispondría de elementos de juicio que probablemente confirma- rían dichas afirmaciones. (9) En el excelente libro de J. FONTAMA, La quiebra de la Monar- quía absoluta 1814-1820, Barcelona, 1971, se lee, por ejemplo, a es- te respecto: «Cuando fray Tomás de AniBALY se refiere al decreto que mandaba vender las fincas de obras pias, ofreciéndose el go- bierno «a pagar puntualmente los réditos de ellas», anota: «Pero es bien reparable que el primero que me dio a mí la noticia de esta sub- versiva novedad ya hizo esta reflexión justa: Si el rey está debiendo tantas mil libras al Hospital y. de Barcelona ¿Cómo podrá pagar cons- tantemente los réditos que daban las causas pias?», pág. 152. (10) R. Hera, «La vente des propietés de mainmorte en Espag- ne: 1798-1808», en ANnnates, 1974, págs. 215-228. (11) Her indica cómo esta desamortización no la cita Carlos Co- RONA en su libro Revolución y reacción en el reinado de Carlos IV, Madrid, 1957. Y cómo no la analizan ni Carmelo VIÑAS Mer ni Ma- nuel Gonzátez Ruiz, ni Vicens Vives. Y de forma incompleta LAFUEN- TE, Marcelino MenenDEZ PELAYO, Antonio BALLESTEROS y Rafael Ár- TAMIRA. Observo que tampoco hay claridad en la Historia de Espa- ña de SoLpeviLa; E. TOLEDANO la cita en pie de página, Curso de Ínsti- tuciones de Hacienda Pública en España, Madrid, 1963, t. 1, pág. 491. También la recoge G. Desoevises DU DezEeRT. Vicente de la FUENTE, Historia eclesiástica de España, t. VI, Madrid, 1875, al relacionar las concesiones del Papa al Monarca, habla de «las de enajenar los bie- nes de hospitales y encomiendas para extinguir ta deuda del Esta- do...» pág. 113. (12) Mercader Risa, «La desamortización en la España de Jose BonaParTE», Hispania, 1972, págs. 587-616. (13) Habría que intentar determinar qué volumen efectivamen- te se vendió. Quizá podría determinarse a través de las actuaciones de las mencionadas juntas que se constituyeron en cada capital de Audiencia. Real Decreto de 31 de Agosto de 1814. (14) F. CARDENAS, Ob. cit. t. 1, pág. 531. (15) Historia de la Iglesia en España, Madrid, 1979, t. V, pág. 91. (16) Las segundas Cortes —1822-23—, agobiadas por problemas de orden interno y externo, apenas si se ocuparon de matices ecle- siásticos. En las segundas, se adoptaron severas medidas contra ecle- siásticos y prelados desobedientes o desafectos. * (17) «Estas reformas eclesiásticas, inspiradas más bien por la pa- sión de partidos que por la razón de Estado; estas expropiaciones del clero católico tan torpemente ejecutadas, fueron causas de las que más contribuyeron entonces, al descrédito de aquel sistema po- lítico». F. de CARDENAS, Ob. cit., t. 11, pág. 531. (18) J. M. MutiLoa Poza, La Desamortización eclesiástica en Na- varra. Aspectos de la Desamortización precio al estudio de la cons- titución del patrimonio de la Iglesia en Navarra, Pamplona, 1972. (19) J. M. MuriLoa, ob. cit., pág. 303. (20) J. M. MuriLoa, ob. cit., pág. 305-307 y J. PORRES MARTIN- Cuero, La Desamortización del siglo XIX en Toledo, Toledo, 1966, pág. 48. (21) J. M. Murmoa, ob. cit., pág. 316. (22) J. Porres MarTIN-CLETO, Ob. cit., pág. 70. (23) Historia de la Iglesia en España. Ob. cit., t. V, pág. 89. (24) Cayetano BARRAQUER, Los religiosos en Cataluña durante la primera mitad del siglo XIX. Barcelona, 1915. La segunda parte del primer tomo de su monumental obra, la dedica al estudio de la épo- ca constitucional de 1820 a 1823, pág. 499-1270. (25) Gaspar FeLiu MONFORT, La clerecía catalana durante el trie- nio liberal, Barcelona, 1972. (26) T. ManTín, «La desamortización en la región de la Vera» Re- vista de Estudios Extremeños 1, 1972. El mismo autor ha publicado un libro sobre la evolución de la desamortización, La desamortiza- ción. Textos político-jurídicos, Madrid, 1973. (27) 3. Brines «Consecuencias socioeconómicas de la desamor- tización de 1820-1823 al Pais Valenciá», Recerques, 4, 1974, Barce- lona, págs. 225-247. (28) J. del Moral Ruiz, Hacienda y sociedad en el Trienio Cons- titucional (1820-1823), Madrid, 1975. (29) Indica que quedaron 873 conventos de religiosos y religio- sas, Ob. cit., pág. 122. Número que coincide bastante con los 860 que da la Historia de la Iglesia en España, ob. cit., pág. 89. (30) Ob. cit., pág. 126. (31) Ob. cit., pág. 129. (32) Ob. cit., pág. 127. (33) Ob. cit., Apéndice Estadístico, pág. 135. (34) Ob. cit., pág. 131. El Conde de Toreno, en una sesión del 101 Estamento de Procuradores —9 de Abril de 1835—, dijo que duran- te el trienio se vendieron 25.177 fincas de conventos, aproximada- mente, la mitad del total. (35) J. del Morat, Ob. cit., pág. 131. (36) Los compradores fueron muy maltratados durante los pri- meros años de la década de 1823-33. En 1825 «clérigos fanáticos, o que especulaban con un fingido fanatismo, seguían excitando las pasiones populares declamando desde el púlpito y denominado im- pios o herejes a los compradores de bienes nacionales». LAFUENTE, Historia General de España, t. V, pág. 471. Barcelona, 1885. (37) F. de CARDENAS, Ob. cit., t. Il, pág. 534, (38) En el libro citado de J. del MORAL, se halla una buena sín- tesis de la evolución que siguieron dichos bienes, pág. 136 y ss. (39) De ahí que se llegara al año 1855 sin que los bienes de las corporaciones civiles hubieran sufrido merma considerable. (40) Fernando Vil murió en el mes de septiembre de 1833. (41) En el mes de enero del año 1834 una disposición dirigida a los prelados del clero secular y regular les pedía que celasen para que sus individuos no extraviaran la opinión de tos fieles ni enerva- sen la obediencia y sumisión al legítimo gobierno de S. M. (42) Real Decreto de 26 de marzo de 1834. (43) Decreto de 10 de abril de 1834. (44) Orden de 27 de mayo de 1834. (45) Real orden de 17 de julio de 1834. (46) Real decreto de 4 de julio de 1835. (47) Como ya hemos indicado, dicha Junta se constituyó por Real decreto de 22 de abril de 1834, y «estaba compuesta de ecle- siásticos del clero secular y regular recomendables por su virtud, cien- cia, dignidad y adhesión sincera a la legitimidad, y de seglares que a la piedad, madurez y experiencia reúnan los sólidos conocimien- tos de las regalías de la Corona, que examinando el estado material y formal concerniente al culto divino y a sus Ministros en todo el Reino, propusiese a la real aprobación el plan de mejoras que creye- re más útil...» (48) Decreto de 3 de septiembre de 1835. (49) Como consecuencia de las revueltas habidas en numero- sos sitios durante 1834, y sobre todo en el verano de 1835, cuando MENDIZABAL llegó al poder, en septiembre de dicho año, la mayor parte de los conventos ya habían sido abandonados por sus mora- dores. La obra citada de Cayetano BARRAQUER y ROVIRALTA describe meticulosamente la suerte que corrieron las comunidades de las dis- tintas órdenes, sobre todo en el mes de julio (tomos !l, HI y IV). Ver asimismo, entre muchos otros, el cap. lX de A. FERNÁNDEZ DE LOS Rios, Estudio histórico de los hechos políticos en la España del si- glo XIX, Madrid, 1979, t. |, págs. 204-220. F. Garnivo, La España contemporánea. Sus progresos morales y materiales en el siglo XIX, Barcelona, 1865, t. |, cap. X y XI. J. Fontana, La Revolución Libe- ral (política y Hacienda 1833-1845), Madrid, 1977, aporta interesan- tes datos, págs. 114 y ss. Al hablar de los movimientos revoluciona- rios, concreta: «La pauta suele ser siempre la misma: agitación po- pular contra los carlistas y contra el clero regular, intervención de las autoridades para encauzar el movimiento (comenzando, por lo general, con la supresión inmediata de los conventos), y nombra- miento de una Junta auxiliar consultiva que ayude a mantener el or- den, a la vez que da al pueblo esperanzas de una marcha más abier- ta para un futuro inmediato. Sólo los detalles iniciales suelen variar», pág. 117, 102 En este breve estudio de la desamortización y del análisis de los estudios e investigaciones que han aparecido, prescindo de la evo- lución del número de religiosos. En parte, está esbozada en mi libro sobre el siglo XIX, ob. cit., pág. 70-78 y 90-95. Ver asimismo. Histo- ria de la Iglesia en España, t. V, pág. 138-143 y 199-225., Y. M. Re- VUELTA GonzALez, La Exclaustración (1833-1840) Madrid, 1976. (50) Como ha indicado J. FONTANA, «tampoco se puede decir que MenpizABal haya sido muy afortunado con sus biógrafos, de Garcia TeJeRO a JankE». Ob. cit. pág. 121. (51) A. FERNÁNDEZ De LOS RIOS, Ob. cit., t. l, pág. 219. (52) R. de SantiLLAn, Memorias 1815-1856, Pamplona, 1960. t. L, págs. 154-155. MenbDIZABAL se encargó de la cartera de Hacienda desde septiembre de 1835 hasta Mayo de 1836, meses en los cuales se decretaron todas las medidas para llevar a cabo la desamortiza- ción, pero en estos meses no se vendió todavía ninguna finca. Las primeras subastas tuvieron lugar en el mes de junio. Después, de nuevo sería ministro de Hacienda, de septiembre de 1836 a agosto de 1837, de mayo de 1841 a mayo de 1842, y de nuevo en 1843 de mayo a julio. Es decir, que fue ministro de Hacienda en cuatro oca- siones. Cuando de nuevo se discutió la conveniencia de la desamor- tización en 1855, se le recordó y mencionó numerosas veces «Cada uno tomará —decía Patricio de la Escosura— lo que le acomode; hay para todas las conciencias; los devotos no querrán los bienes del clero, pero se llevarán sin escrúpulos los de los propios». Y en otra ocasión este mismo diputado, contestando al marqués del Duero, que le inquiría si se trataba de una cuestión económica, política o social, decía: «Que se va a llamar al terreno de la propiedad a una porción de hombres excluidos de ella por la legislación antigua; que se va, en una palabra, a terminar la obra emprendida por don Juan ALVAREZ DE MENDIZÁBAL, de gloriosa memoria, y que ha tenido la di- cha de ser bien visto en todos los partidos de España, del progresis- ta mientras vivió y del moderado en el día que bajó a la tumba...» Diario de sesiones de las Contes. Legislatura de 1854-1856. El entierro de MENDIZABAL fue una gran manifestación de duelo «... el pueblo de Madrid acudió a tributar el homenaje de honra y vene- ración al féretro de MEnDIZABAL... al hombre íntegro y probo, ejem- plo de buenos ministros y modelo de insignes patricios. No fue pre- cisamente la desamortización lo que se glorificó con aquel acto; fue la bandera de moralidad la que se paseó triunfalmente, o por lo me- nos orgullosa y amenazadora, por las calles de Madrid», A. FERNAN- DEZ DE LOS Rios, ob. cit., t. Il, pad. 288. (53) Se puede seguir en mi libro, ob. cit., punto 3.e. (54) De nuevo era Ministro de Hacienda MENDIZABAL. (55) «En medio de una guerra civil cuyo desenlace vaticinaba cada cual según sus deseos, no podía menos de haber gran incertidum- bre sobre el porvenir. Ciertos compradores de bienes nacionales se complacian en abultar los peligros para retraer a los contrincantes y comprar a precios infimos. Por ese u otros medios, más reproba- dos aún, los bienes fueron a parar a manos de los acaudalados, re- sultando de ésto grandisimo quebranto para el pueblo, que vio pa- sar los bienes a manos de nuevos poseedores egoístas e interesa- dos». A. FERNÁNDEZ DELOS Rios, Estudio histórico de las luchas polí- ticas en la España del siglo XIX, Madrid, 1879, pág. 255. (56) El cuadro lo he elaborado con los datos que se contienen en el Diccionario Geográfico, Estadístico e Histórico de España, de P. Mapboz, 16 tomos. (57) Existen, que yo conozca, dos estudios de conjunto sobre las investigaciones realizadas o en curso sobre la desamortización. El de Pierre Ponsor, «Revolution dans les campagnes espagnoles au XIX siéecle: les desamortissements», en £tudes Rurales, 1972, n.* 45, pág. 104-123, que, publicado en 1972, continúa teniendo actua- lidad. Conocía en profundidad todo lo aparecido sobre la desamor- tización y se planteaba una serie de cuestiones del más acertado in- terés. Posteriormente apareció el artículo de F. Tomás Y VALIENTE, «Recientes investigaciones sobre la desamortización: intento de sín- tesis», Moneda y crédito, n.* 131, págs. 95-160, extenso estudio don- de repasa todo lo publicado hasta 1974, sintetiza las aportaciones que se van haciendo en torno al tema, y concreta una serie de cues- tiones, en especial la referente a la burguesía y a los compradores, que hace tan sólo unos años no hubiera podido abordar. También quiero citar el pequeño libro de J. P. Merino NAVABRO, Notas sobre la desamortización en Extremadura, Madrid, 1976, por- que contiene una bibliografía exhaustiva sobre el tema, a cargo de G. Rueba HERNANZ, pág. 111-132. Asimismo, es de un gran interés la introducción del libro de G. Ruepa, La Desamortización de Mendizábal en Valladolid (1836-1853), Valladolid, 1980, a cargo de L. M. Enciso Recio, págs. XIII-XLVII. (58) F. Simon. «La desamortización de MENDIZABAL en la provin- cia de Barcelona», Moneda y Crédito, 1966, n.” 98, págs. 121-141. (59) F. Simón, La desamortización de MENDIZÁBAL en la provin- cia de Gerona, Madrid, 1969. (60) Entre otros, en los artículos citados de P. PONSOT Y TOMAS VALIENTE. (61) Salvador J. Roviña + Gómez, La desamortizació dels bens de Esglesia a la provincia de Tarragona (1835-1845), Tarragona, 1979. (62) S. Rovira, ob. cit., cuadro n.” 6, págs. 155-158. (63) Cifra que no coincide totalmente con la que da en la pag 262, ya que señala que «el nombre de fingues venudes que hem trovat s'eleva a 585». (64) - «Pel que fa als butlletins, sembla indubtable la importáncia del Ministeri d'Hisenda de Madrid, car va ser creat ¡ publicat amb "exclusiva finalitat de donar la máxima publicitat a les operacions de parcellació, venda, subbasta ¡ arrendament de les terres desamor- titzades; ara bé, els errors ¡ les irregularitats que conté, demostra- des per Alfonso Lazo, ens ha obligat a prescindir-ne ¡ a utiltzar en el seu lloc les colleccions del Boletín Oficial de la Provincia de Tarra- gona conservades als arxius de les corporacions municipal i provin- cial de Tarragona ja que contenen la informació que, referida a la provincia de Tarragona, hauríiem pogut trobar al Boletín del Béns Nacionals.». Salvador J. Rovira 1 Gómez, La desamortització dels béns de I'Església a la provincia de Tarragona ( 1835-1845), Excma. Diputació Provincial de Tarragona, 1979, pág. VI. (65) Boletín Oficial de la Venta de Bienes Nacionales, números: 533, 544, 584, 613, 614, 648, 668, 808, 820, 870, 876, 882, 889, 906, 947, 970, 973, 984, 992, 994, 998, 1035, 1043, 1092, 1143, 1193, 1270, 1277, 1308, 1309, 1316, 1397, 1398, 1404, 1416, 1483, 1593, 1601, 1613, 1620, 1627, 1632, 1640, 1643, 1662, 1707, 1709, 1722, 1727, 1734, 1746, 1754, 1762, 1779, 1789, 1806, 1809, 1826, 1828, 1830, 1839, 1844, 1851, 1856, 1858, 1961, 1963, 1970, 1973, 1975, 1979, 1993, 1995, 1997, 2004, 2013, 2023, 2033, 2040, 2049, 2066, 2084, 2108, 2220, 2224, 225, 2229. El volumen de lo vendido procedente del clero regular es bastan- te similar en los datos que presenta MADOZ, con los de los BOVBN y los de S. Rovira: 22.643.470, 22.800.820 y 23.629.893 reales respectivamente. (66) P. Maboz, Diccionario Geográfico Estadístico Histórico de España y sus posesiones de Ultramar, Madrid, 1849, t. XIV, pág. 638. (67) Grandes compradores que aparecen en los BOVBN. S. Ro- VIRA relaciona 216 compradores de fincas rústicas: Ob. cit. pág. 200-210. De los primeros 90 compradores el 60 por ciento aparecen en los BOVBN. (68) Compraron bienes los que en la lista de contribuyentes de la provincia de Tarragona en 1852 ocupan el segundo, tercero y sep- timo puesto. (69) Es curioso, pero esta distribución es bastante parecida a la que se observa entre 58 compradores de la provincia de Gerona, don- de también el 50 por ciento aproximadamente eran comerciantes. F. Simón, La desamortización de Mendizábal en la provincia de Ge- rona, Madrid, 1969, pág. 23. (70) S. Rovira. Ob. cit., pág. 310. (71) C. BARRAQUER, Ob. cit. Hay que tener en cuenta que C. BA- ARAQUER sólo estudió las comunidades de religiosos. Y sentía una clara antipatía hacia los compradores de bienes nacionales. Insiste una y otra vez en que «conforme a la regla general de los compra- dores al Estado de bienes de la Iglesia, la familia poseedora empeo- ró grandemente en sus intereses». Ver mi obra sobre Gerona, págs. 12-15. En la relación bibliográfica que presenta Salvador J. ROVIRA, no comprendo cómo cita obras que no hablan para nada de la desa- mortización de MENDIZÁBAL, como el Diccionario de Hacienda con aplicación a España de José CANGA ARGUELLES, Madrid, 1833. (72) Completan y enriquecen considerablemente los estudios más amplios las investigaciones concretas sobre algunos conventos o co- munidades, como por ej. la de E. Fory CoGuL, «Las desamortizacio- nes del siglo XIX y su repercusión en Santes Creus», en Studia Mo- nastica, Abadía de Montserrat, 1970, 1971, 1972, o el de E. TODA y GuetL, Los Convents de Reus y sa destrucció en 1835, Reus, 1930, o La destrucció de Poblet 1800-1900, Monestir de Poblet, 1935. (73) A. LazoDiaz, La desamortización de las tierras de la Iglesia en la provincia de Sevilla (1835-1845), Sevilla 1970. (74) A. Lazo Diaz. Moneda y Crédito, nm.” 100, págs. 91-103. (75) A. Lazo, art. cit., pág. 92. (76) A. Lazo, ob. cit., págs. 11, 12, 130, 131 y 132. (77) Que quede claro que muchas veces el que remata la finca no es el definitivo comprador, porque compra para ceder o para un tercero, pero siempre los BOVBN indicaban los nombres de los com- pradores de «bienes nacionales» que habían rematado las fincas sa- cadas a subasta. Otra cosa es que los Boletines de las Provincias no recogieran todos los datos, aunque en principio, como el mismo A. Lazo reproduce, el mecanismo que se decretó — Marzo de 1836— consistía en que «Se remitirá un ejemplar de este Boletín Oficial de Ventas de Bienes Nacionales a todos los Intendentes, y el de cada provincia dispondrá su reimpresión en el Oficial de la de su cargo y en cualquiera otros periódicos que se publiquen en la capital». A. Lazo, La desamortización de las tierras de la iglesia en la provincia de Sevilla (1835-1845) pág. 130. (78) Con lo cual la diferencia entre 36 y 471 es enorme. Por ello creo que no se puede infravalorar el contenido de los BOVBN. No me propongo aquí analizar aspectos de método y fuentes para pro- ceder al estudio de la desamortización. No hay uniformidad en el contenido de los Archivos de las Delegaciones de Hacienda de los Ayuntamientos, Diputaciones, Casas de cultura, etc. Son muy im- portantes los Archivos de Protocolos. Y ya he señalado en nota an- terior que sería de gran interés comparar el contenido de los BOVBN con los Protocolos, o con los expedientes de ventas. (79) Mapoz, Ob. cit., t. 14, pág. 287. (80) BOVBN números: 167, 240, 242, 248, 250, 286, 339, 348, 361, 364, 370, 372, 424, 436, 467, 470, 474, 481, 486, 496, 497, 532, 533, 536, 548, 554, 560, 562, 565, 567, 578, 580, 584, 596, 608, 630, 632, 641, 643, 648, 653, 657, 661, 666, 669, 670, 671, 675, 684, 693, 696, 704, 708, 716, 723, 769, 772, 782, 787, 788, 792, 802, 805, 820, 835, 836, 838, 842, 850, 870, 880, 883, 889, 896, 897, 927, 928, 939, 942, 947, 949, 957, 973, 976, 977, 999, 1000, 1002, 1003, 1021, 1022, 1035, 1043, 1046, 1061, 1075, 1076, 1077, 1092, 1122, 1143, 1150, 1160, 1163, 1192, 1194, 1197, 1216, 1220, 1235, 1262, 1264, 1272, 1294, 1285, 1298, 1305, 1309, 1322, 1375, 1376, 1378, 1380, 1387, 1390, 1392, 1393, 1395, 1396, 1397, 1399, 1406, 1429, 1433, 1476, 103 1478, 1483, 1505, 1577, 1609, 1627, 1632, 1648, 1657, 1659, 1662, 1663, 1670, 1715, 1728, 1735, 1755, 1772, 1779, 1782, 1789, 1818, 1846, 1851, 1854, 1862, 1877, 1958, 1960, 1961, 1963, 1973, 1975, 1980, 1986, 1993, 1995, 1997, 2000, 2004, 2013, 2023, 2033, 2038, 2040, 2041, 2046, 2049, 2061, 2066, 2084, 2108, 2220, 2224, 2225, 2229. Hay citas de A. Lazo que me sorprenden, como la referente al li- bro de Francisco de CÁRDENAS, que dice así: pág. 16: «Y dentro de los escritos que tratan de lleno, o por lo menos con considerable atención, las medidas de MENDIZABAL hay que citar antes que nada la conocida y difícil de encontrar obra de Francisco de CARDENAS «Ensayo sobre la Historia de la propiedad territorial en España (Ma- drid 1873)». Cuando el libro de CARDENAS, el 2. tomo, ni siquiera cita a MenDIZABAL. Analiza la suerte que corrieron los compradores de bienes de la Iglesia en el trienio liberal y finaliza así su obra (pág. 534) refiriéndose a los mismos «Si los compradores hubieran sido indemnizados a costa del Erario, —se refiere a las ventas del trienio liberal— todos los españoles habrían pagado por igual la culpa co- mún; más aprovecharse el Estado del precio de los bienes vendidos y despojar a los poseedores, como si ellos los hubieran violentamente usurpado, fue una verdadera iniquidad, que no hallará nunca a los ojos de la historia justificación ni disculpa. Harto se han sentido des- pués sus consecuencias en las últimas expropiaciones que en nues- tros días ha sufrido la Iglesia, las cuales no refiero ni juzgo por ser demasido recientes y conocidas». (81) A. Lazo. Ob. cit., págs. 197-199. (82) A. Lazo. Ob. cit., pág. 195. Estos casos los encuentro del mayor interés. Lástima que no sepamos más sobre ellos. ¿Quiénes eran? ¿Cuál era su profesión? ¿De dónde procedían sus recursos? ¿Ya eran propietarios con anterioridad? ¿Se deshicieron pronto de algunas fincas o las conservaron muchos años? ¿Cómo las explota- ron? Hipólito Nájera, compró en total, según las relaciones de los BOVEN por valor de 23.703.931 de reales, entre fincas rústicas y urbanas, un porcentaje considerable de lo vendido en la provincia. Por to que observo, la concentración de tas compras en la provincia de Sevilla fue enorme. Diez compradores, Juan RUEDA —21.016.317—, Ruiz Gutiéarez —17.940.881—, Luis CEREZO —14.550.901—, Francisco Bazo —7.755.232—, Rafael LAMADRID, que fue comisionado principal de la Real Caja de Amortización de Sevilla —5.007.992— Hipólito NAJERA —23.703.931—, Francisco de PAULA MeLO —5.857.200—, GonzáLez Sogrino —11.725.089—, Pio AZOFRA —9.902.200— y Antonio RopricuEz — 17.269.686—, adqui- rieron 2.077 fincas rústicas y urbanas, por un valor total de 134.729.429 reales, lo cual supondría —todo según las relaciones de los BOVBN—, que los mencionados diez compradores adquirie- ron más del 38 por ciento de lo vendido en la provincia. Sólo estos diez compradores adquirieron muchos más bienes que lo vendido en otras muchas provincias —ver cuadro n.” 1 sobre el valor de ventas—. Realmente valdría la pena profundizar en el estudio de sus biografías. (83) A. Lazo, Ob. cit., pág. 194. (84) A. Lazo, Ob. cit., pág. 201. (85) J. Porres marrin-CLETO. Ob. cit., pág. 409. Entonces la ciu- dad tenía 3.199 viviendas, pág. 422. (86) Ibidem, pág. 403. (87) Ibídem, pág. 416. (88) J. M. Murmoa Poza, La desamortización eclesiástica en Na- varra, Pamplona, 1972. (89) Ibidem, pág. 493-495. [90) J. M. MuTiLoA Poza, La desamortización eclesiástica en Na- varra, Pamplona, 1972, pág. 565. (91) Ibídem, pág. 565. 104 (92) Pero que yo sepa no se ha publicado. (93) C. Quintas VÁZQUEZ, El dominio de San Martín ante la de- samortización (Rentas de la abadía), Universidad de Compostela, 1972. (94) F. Tomas VALIENTE, art. cit. Moneda y Crédito, n.” 131, págs. 128-129. (95) José Juan OJEDA QUINTANA, La Desamortización en Cana- rias (1836 y 1855). Las Palmas de Gran Canaria, 1977. (96) Ibídem. pág. 11. (97) Ibídem. pág. 157. (98) Ibídem. pág. 177. (99) Ibidem. pág. 179-180. (100) Ibídem. pág. 178. (101) Ibídem. pág. 178. (102) Ibídem. pág. 179. Este es un fenómeno sobre el que hay que ahondar al estudiar la desamortización de 1855. (103) J. P. MerINO NAVARRO, Notas sobre la desamortización en Extremadura, Madrid, 1976. Bibliografía y legislación por G. RUEDA HERNANDEZ. (104) Guadalupe era un Monasterio muy rico ya que poseía, co- mo se indica en el Apéndice | del libro de J. P. MERINO, págs. 102-103, unas 50 dehesas que le proporcionaban, arrendándolas, unos ingresos muy elevados. En los años anteriores a la desamortización, sobrepasaban los 300.000 reales anuales. (105) Lo vendido de esta procedencia más lo que poseía el con- vento de Santa Clara de Zafra, sumó más de 44 millones de reales, importe muy elevado, ob. cit., pág. 29-30. (106) J. P. Merino, Ob. cit., pág. 74. (107) J. P. Merino, Ob. cit., pág. 79. J. P. Merino realiza una estimación aproximada —creo que se refiere a todo el proceso de- samontizador del siglo XIX— de todo lo que se vendió en la zona extremeña y lo calcula en 800.000 Ha. «En cuanto a las proceden- cias, esta cantidad podría desglosarse del siguiente modo: 400.000 Ha. de propios, 300.000 del clero y otras 100.000 Ha. procedentes de fincas del Estado, de Beneficencia, de secuestros y de Instruc- ción Pública. Insisto en que las proporciones son una simple aproxi- mación, y quizá varien cuando se haga el estudio completo y deta- llado de todas las facetas de este complejo». (108) J. P. Merino da el nombre de seis que «normalmente ha- cen compras pequeñas en los distritos de su jurisdicción». Ob. cit., pág. 76-77. (109) Ya hice referencia a esta compra en mi obra sobre la pro- vincia de Gerona, al hablar de MENDIZABAL, y reproduzco aquí la nota redactada entonces: ¿Por qué compraría MENDIZABAL en Portezuelo? De momento, se me ocurren las siguientes hipótesis: porque estuviera vinculado o conociera a alguien que trabajara en la empresa inglesa que extraía el corcho de dicho Municipio (MaApoz, Diccionario Geográfico, Es- tadístico e Histórico, t. XIII, pág. 163), o a alguno de los otros com- pradores. BOVBN, núm. 1659. Desde luego, MENDIZABAL conocía la región extremeña, ya que, por lo menos, cuando el Conde de Toreno lo nombró Ministro de Hacienda, hallándose en Londres, pasó pronto a París y desde allí a Lisboa «de cuya capital vino a Extremadura, después de haber em- pleado en aquel rodeo próximamente un mes». (FERNANDEZ DE LOS Rios, Luchas políticas de la España del siglo XIX, tomo t, pág. 219. Al pensar ahora en el ejemplo de Portezuelo, me parece que esta- mos ante uno de los típicos y bastante numerosos casos en que la desamortización —toda la del siglo XIX— ha condicionado hasta nuestros días la vida económica y social del municipio. Todavía hoy los vecinos del pueblo no disponen de ninguna extensión —el mu- nicipio tiene unas 12.500 hectáreas— y casi todos los grandes pro- pietarios viven en Madrid, Cáceres o Badajoz. Otro de los munici- pios españoles que hasta fecha casi actual —los últimos quince años— no ha resuelto su problema de continuada pobreza. Y la emi- gración se ha impuesto. (110) Los municipios más afectados fueron: Acebuche 3,9 %. Alcántara 2,04 %. Brozas 9,14 %. Cáceres 13,47 %. Coria 2,01 %. Logrosan 2,63 %. Madrigalejo 9,24 %. Malpartida 3,25 %. Mora- leja 9,40 %. Plasencia 5,87 %. Portezuelo 6,60 %. Santibañez 2.88 %. Trujillo 11,19 %, y Zarza la Mayor 7,39 %. Trujillo, por ejemplo, era una ciudad de gran predominio eclesiás- tico, con 1.100 vecinos y 6.026 almas; el recinto de la ciudad alber- gaba 5 conventos de frailes (dominicos, mercedarios, observantes, descalzos y enfermería de agustinos), 6 conventos de religiosas (San Francisco el Real, Concepción Jerónima, San Pedro, San Miguel, Santa Clara y descalzas de San Antonio); y, además de varias ermi- tas en las afueras, cinco parroquias: Santa María la Mayor, San Mar- tín, Santiago, San Andrés y San Antonio. Datos sacados del Dic- cionario de Madoz, t. XV, pág. 169. (111) F. Simon, La desamortización de Mendizabal en la provin- cia de Madrid, Madrid, 1969. (112) De lo que conocemos hasta el momento, quizá constitu- ya una excepción la provincia de Valladolid, en la que sólo hubo nueve pueblos —un 3,8 % del total— a los que la desamortización de Men. DIZABAL mo afectó para nada. G. RueDa, La desamortización de Men- dizábal en la provincia de Valladolid, 1836-1853, pág. 240. El índice de participación en dicha provincia me parece excepcionalmente elevado. (113) G. RueDa HERNANz, La desamortización de Mendizábal en la provincia de Valladolid (1836-1853), Universidad de Valladolid, 1980. Separata de volumen 2 de Investigaciones históricas, pags. 195-251. Anteriormente, RUEDA HERNANZ, publicó en Hacienda Pública Es- pañola n.” 38, págs. 201-231 un artículo sobre «La desamortización del siglo XIX en una zona de Castilla la Vieja». Insiste en este traba- jo en que muchos arrendatarios de fincas se hicieron con las mismas. Posteriormente, en la misma Revista mn.” 69, 1981, ha publicado un artículo sobre «Estudio comparativo de las consecuencias de la desamortización de tierras en tres zonas de Europa: Departamento del Norte (Francia), Nápoles (Italia) y Valladolid (España)», págs. 107-123. (114) Separata citada, pág. 207-208. (115) Ibídem., pág. 229. (116) Este es un dato muy interesante. Trataré de ello más adelante. (117) Así, son compradores el 80 % de los presidentes de la Di- putación, el 90 % de los miembros ordinarios de la misma corpora- ción; el 62 % de los que componen la Junta Provisional de Gobier- no (1843); el 50 % de los alcaldes de Valladolid; aunque no conoce- mos el porcentaje, fueron compradores también muchos de los al- caldes de los pueblos; igualmente hay que destacar la existencia entre los compradores de 12 procuradores en Cortes, diputados o senadores. Si no podemos afirmar que el caciquismo tiene su origen ex- clusivamente en la desamortización, es bastante claro que el proce- so desamortizador será uno de los elementos que potencie esta for- ma de dominación e influencia, como queda demostrado en algún caso (MILLAN ÁLONSO, por ejemplo). Separata citada, pág. 231. Creo que este último párrafo se podría sostener con más fuerza en los lugares donde se investigara además la desamortización ini- ciada en 1855. (118) G. Ruepa, separata cit., pag. 243. (119) Ibidem, separata cit., págs. 227-229. (120) Ibidem, separata cit., pág. 246. (121) Dela obra de J. Porres, sobre Toledo, también se dedu- ce que arrendatarios urbanos adquirieron las fincas de que disfrutaban. (122) L. Lorez Puerta, «Las ventas de bienes eclesiásticos en la provincia de Guadalajara 1836-1851», Cuadernos de Historia, ane- xos de Hispania, 4, 1973, págs. 381-418. (123) J. A. Ramos Vipaz, en el cap. V de la obra Oríhuela, bajo la regencia de María Cristina de Borbón (1833- 1840), Orihuela, 1974. El Capítulo V, lo dedica a la desamortización eclesiástica de Mendi- zabal en el campo de Orihuela y vega baja del Segura. Y también analiza algunas fincas vendidas del clero regular en 1822. (124) J. A. Ramos Viva, Ob. cit., pág. 113. (125) T. Martin, «La desamortización de bienes del convento de San Esteban de Salamanca», separata de La Ciencía Tomista C y Cl, págs. 565-588 y págs. 71-90, años 1973 y 1974. (126) El mismo criterio sostiene J. A. Ramos para la zona de Ori- huela. Ob. cit., pág. 113, «El burgués, egoísta, indiferente e intere- sado, subió los arriendos de las tierras adquiridas». (127) G. HeírRERO MARTÍNEZ DE AZCOITIA, «La desamortización de bienes de manos muertas en la ciudad de Palencia». Publicaciones de la Institución «Tello Téllez de Meneses», n.? 33, págs. 169-193. (128) Art. cit., pág. 192. (129) M. RevueLTA GONzALez, «La desamortización eclesiástica en Aguilar de Campóo». Publicaciones de la Institución «Tello Té- llez de Meneses», n.” 43, págs. 175-208. (130) M. REVUELTA Gonzátez, es autor del interesante libro so- bre La exclaustración (1833-1840), Madrid, 1976, ob. cit. (131) Ibidem, pág. 201. (132) Se queja del trato sufrido por el patrimonio artístico. «Si el claustro de Santa María la Real no hubiera sufrido el despojo de 1871, Aguilar de Campóo podría hoy figurar como un segundo Si- los en tierras palentinas», art. cit., pág. 201. (133) F. SIMÓN SEGURA, «La desamortización de 1855 en la pro- vincia de Ciudad Real», Hacienda Pública Española, m.” 27, págs. 109-110. (134) Todos los citados, BOVBN n.” 1955, del 30 de enero de 1846. (135) BOVBN n.? 2023, del 20 de junio de 1847, que correspon- de a ventas efectuadas en 1844. Remató una hacienda por 29.523 reales en Trescasas y su anejo Sonsoto de 25 obradas y 100 estada- les, de 3 calidades y en 31 heredades. (136) BOVBN n.” 2019, correspondiente a ventas del Clero Re- gular de 1844. (137) BOVBN n.” 2066. (138) BOVBN n.? 2066. (139) BOVBN n.* 1727. (140) BOVBN n.” 1596. (141) BOVBN n.* 1782. (168) BOVBN, n.” 2023. (142) BOVBN n.? 1842. (169) BOVBN, n.” 789. (143) BOVBN n.* 1498. (170) BOVBN, n.” 2004. (144) BOVBN n.? 1271. (171) BOVBN, n.* 2004. (145) BOVBN n.* 1851. (172) BOVBN, n.* 2004. (146) F. Simon, Información Comercial española, Febrero, 1967, pág. 78. (173) BOVBN, n.* 2220. (174) n.? 2023. (147) F. Tomás y VALIENTE, «Recientes investigaciones sobre la BOVBN, desamortización; intento de síntesis», Moneda y Crédito, n.* 131, pág. 149. (175) BOVBN, n.* 2013. (148) A. Ramos OuivelRa, Historia de España, t. Il, pág. 258, emi- (176) BOVBN, n.* 267. te el siguiente juicio sin apoyo alguno: «La antigua aristocracia de sangre —que también ha hecho su agosto en el periodo de las va- (177) BOVBN, n.” 1993, cas gordas de la desamortización...» (178) BOVBN, n.* 630. (149) BOVBN n.” 2004. También compró, para el Duque de No- blejas, Francisco de Castro León, BOVBN n.* 2013. (179) G. RueDA HeRNANZ, La Desamortización de Mendizábal en Valladolid, 1836-1853, Valladolid, 1980, págs. 309-312. (150) BOVBN n.” 1958. El documento que acredita dicha com- pra se reprodujo en la obra del Banco de España, Una Historia Eco- (180) G. Rueba, Ob. cit., pág. 309. nómica, Madrid, 1970, págs. 320-321. (181) BOVBN, n.* 2013. (151) BOVBN n.* 2013 y 2049. (182) BOVBN, núms. 1973 y 2013. (152) BOVBN n.* 1306. (183) BOVBN, núms. 1294 y 2097. (153) BOVBN n.* 1970. (184) BOVBN, n.* 2097. (154) BOVBN n.” 1139. (185) BOVBN, n.” 2013. (155) BOVBN n.” 1216. (186) BOVBN, n.* 2004. (156) BOVBN n.” 1139 y 2013. (187) BOVBN, n.* 2023. (157) BOVBN n.* 1176 y 2013. También el Conde de Humanes adquirió una casa en Madrid por valor de 325.000 reales. (188) BOVBN, n.* 2023. (158) A. Lazo, al analizar la participación de los mencionados (189) BOVBN, n.* 1975 títulos, observa que «...tenemos la impresión de que fueron muy po- at : cos los nobles que adquirieron en estos años bienes nacionales» ya (190) BOVBN, n.? 2023. J. Porres, Ob. cit pág. 101 que en la lista de compradores que hemos podido reunir sólo apare- a ral nia 1% : Ñ cen como tales 5 aristócratas. Ob. cit., pág. 169. Entre los compra- (191) BOVBN, núms. 2023 y 2013 dores de fincas de propios, en la desamortización de 1855, compró j j j el Marqués de Villafranca, pág. 201. (192) BOVBN, n.* 2013. (159) BOVBN n.” 1789. (193) BOVBN, n.* 1973, (160) En algún caso compró, para el Conde de Chinchón, Isidro González Miranda, BOVBN n.* 1961. (194) BOVBN, n.* 1538. (161) Entre otras fincas, adquirió una parte de la dehesa del Río (195) J. Porres MarTin-Cero, Ob. cit., pág. 31-32. Bermejo, en Plasencia, de 161 fanegas de extensión, por 210.000 mi , reales, que había pertenecido a las carmelitas Descalzas de Plasen- (196) Ibidem, pág. 226. cia. También una huerta en Casas de Millán, de 84 Fanegas. (197) Ibidem, pág. 305. (162) Pedro Fernández de Córdoba remató para el Marqués de la Encomienda la dehesa Bohonal, en Valdeobispo, por 410.000 reales, (198) Ibidern, págs. 242-243. BOVBN n.* 2013. (199) Ibidem, pág. 64. (163) J. P. Mermo, Ob. cit., págs. 75-76. 10h Blas, pág. 9. (200) Ibidem, págs. 67 y 101. (165) BOVBN, núms. 2224 y 2225. (201) BOVBN, n.? 2013. (166) BOVBN, núms. 2224 y 2225. (202) BOVBN, n.” 2013. (167) BOVBN, n.? 2224. (203) J. A. Ramos VipaL, Ob. cit., pág. 99-112. 106 (204) BOVBN, n.*” 1872. (205) J. J. Oyena, Ob. cit., pág. 179. (206) BOVBN, n.” 1162. (207) BOVBN, n.” 568. (208) F. J. PareDes Alonso, Pascual Madoz. Libertad y progre- so en la monarquía isabelina, Pamplona, 1982, pág. 256. (209) La discusión del Proyecto de Ley, su aprobación y puesta en marcha se puede ver en mi libro sobre La desamortización espa- fola del siglo XIX, págs. 165-226. (210) Ley de 1 de abril de 1861. (211) Ley de 12 de mayo de 1865. (212) Orden de 1 de septiembre de 1872 y Ley de 21 de diciem- bre de 1876. (213) Como durante esta época en España se operó con reales, escudos y pesetas, lo hemos reducido todo a pesetas para poder dar esta cantidad. (214) F. Simón, La Desamortización española del siglo XIX, págs. 279 y ss. (215) El libro citado de G. RUEDA recoge, en el anexo 32 págs. 615-617, un «Esquema sobre los estudios de la desamortización de Mendizábal en España». (216) F. FLORISTAN Samanes, «La Desamortización de Bienes pertenecientes a corporaciones civiles y al Estado en Navarra», en Homenaje a Armando Melón. C.S.I.C., Zaragoza, 1966, págs. 109-116. F. Quirós Linares «La desamortización factor condicionan- te de la estructura de la propiedad agraria en el valle de Alcudia y Campo de Calatrava», Estudios Geográficos, n.* 96, págs. 367-407. F, Simón. «La Desamortización de 1855 en la provincia de Ciudad Real», en Hacienda Pública Española, n.* 27, pags. 87-114. De características singulares, estudios de geógrafos, que contie nen valiosas aportaciones para el conocimiento de la desamortiza- ción de 1855, son los estudios de V. CAMARA URRACA y D. SANCHEZ ZURRO, «El impacto de los capitales urbanos en la explotación ru- ral: las grandes fincas de los alrededores de Valladolid», Estudios Geográficos, n.” 97, págs. 535-611; y el de D. SAncHEz ZURRO, «La última desamortización en la provincia de Valladolid», Estudios Geo- gráficos, n.” 120, págs. 395-440. (217) Hay una constante en las distintas fases de la desamorti- zación en el comportamiento del Estado, que prometió pagar de forma puntual y regular a las distintas instituciones por el importe del inte- rés del capital aportado por las ventas de su patrimonio, y no lo cum- plió. Se prometió, en las fases que se iniciaron en 1798, en 1836 y en 1855 y, al poco tiempo, siempre dejó de pagarse. Y así entraron en crisis, decayeron o desaparecieron las instituciones que se man- tenían gracias a dichos ingresos. Desde este punto de vista, se pue- de hablar de un elevado coste social de las desamortizaciones. Mu- chos de los enfermos, huérfanos, ancianos, pobres, etc., que de al- guna forma recibían alguna ayuda o asistencia, dejaron de percibir- la como consecuencia de las ventas habidas de 1798 a 1808. Y mu- chas personas exclaustradas en los momentos posteriores, durante el trienio liberal o la desamortización de Mendizábal, pasaron enor- mes apuros o dificultades porque el Estado no cumplió las prome- sas de pagos de pensiones. El mismo Mendizábal, en 1847, recono- cía, en la proposición de ley sobre dotación del culto y clero, que era doloroso, amargo y hasta afrentoso para la nación que el culto y el clero estén casi mendigando su sustentación. Y ya en 1838, por ejemplo, en una exposición de las Monjas de Sevilla a S. M., firma- da por 18 prelados, se leía «...para implorar de su Real clemencia las preserve de la espantosa hambre que amenazando a todas... aun- que al ocupar nuestros caudales se nos prometió una pensión, na- die vive con meras promesas... aunque nos confesamos obligados a contribuir a las urgencias del Estado, también nos consideramos con derecho a que se nos guarden los que la ley conserva a las de- más clases... ¿Cuál crimen, Señora hemos podido cometer en nuestro aislamiento para tan notable diferencia? ¿Lo será acaso el usar las tocas que llevaron otro tiempo las Urracas, las Berenguelas, las Isa- belas? Este traje, aunque desdeñado por el presente siglo, se respe- tó en los pasados como símbolo de la honestidad y la modestia, pro- pias de nuestro sexo y estado». Gaceta de Madrid, n.” 1202. (218) La Crisis Agrícola y Pecuaria, Madrid, 1887-1888, t. Il, pág. 434. (219) Ibidem, t. 1, pág. 75. (220) Ibidem, t. IV, pág. 676. (221) Ibidem, Informe del Jefe de Montes del distrito de Santan- der. F. ESPINOLA, tomo ll, págs. 359-369. 107